Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2024-23048)
Orden IGD/1220/2024, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141930
violencia contra las mujeres, así como otros aspectos relacionados, hasta un máximo
de 50 puntos, de la manera que sigue:
Calidad metodológica: hasta 20 puntos.
Utilización de técnicas de investigación social empírica: hasta 15 puntos.
Propuesta de acciones innovadoras: hasta 15 puntos.
3. En caso de que dos o más tesis doctorales obtengan la misma puntuación final,
el orden se establecerá teniendo en cuenta la mayor valoración recibida en el criterio del
interés, no pudiendo adjudicarse los premios «ex aequo».
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del jurado, formulará
la oportuna propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. La propuesta de
resolución provisional se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de
Igualdad y se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. Examinadas
las alegaciones aducidas en su caso por las personas solicitantes, el órgano instructor
elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para su resolución.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por las personas solicitantes. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá
el carácter de definitiva.
2. La propuesta de resolución definitiva deberá expresar las personas solicitantes
para las que se propone la concesión de los premios, que deberán manifestar su
aceptación expresa en el plazo de diez días desde su notificación, así como su cuantía,
especificando sus evaluaciones y los criterios de valoración seguidos para efectuarlas.
La propuesta de resolución definitiva se publicará en la sede electrónica asociada del
Ministerio de Igualdad.
3. Una vez elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la
Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres dictará resolución motivada en el plazo de quince días hábiles a contar desde la
recepción de la propuesta de resolución definitiva.
La resolución de concesión tendrá el siguiente contenido mínimo: personas
solicitantes a las que se concede el premio, personas solicitantes que quedan como
suplentes y, en su caso, de la persona merecedora de la mención especial. Se hará
constar la desestimación del resto de las solicitudes.
4. La resolución estará motivada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 25.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y
expresará, en todo caso, la puntuación obtenida por las tesis premiadas, desglosada con
arreglo a los distintos criterios de valoración de las bases, acordando la concesión de los
premios por el orden de clasificación según la puntuación total asignada.
5. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento a la
persona o personas interesadas será de seis meses contados desde la fecha de
publicación de las correspondientes convocatorias, salvo que la misma posponga sus
efectos a una fecha posterior.
Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella,
en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación correspondiente, recurso
potestativo de reposición ante el órgano del que proceda la resolución, en los términos
previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del referido plazo máximo de
resolución y publicación, en los términos y con las limitaciones establecidas en el
cve: BOE-A-2024-23048
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 12. Resolución.
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141930
violencia contra las mujeres, así como otros aspectos relacionados, hasta un máximo
de 50 puntos, de la manera que sigue:
Calidad metodológica: hasta 20 puntos.
Utilización de técnicas de investigación social empírica: hasta 15 puntos.
Propuesta de acciones innovadoras: hasta 15 puntos.
3. En caso de que dos o más tesis doctorales obtengan la misma puntuación final,
el orden se establecerá teniendo en cuenta la mayor valoración recibida en el criterio del
interés, no pudiendo adjudicarse los premios «ex aequo».
1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del jurado, formulará
la oportuna propuesta de resolución provisional, debidamente motivada. La propuesta de
resolución provisional se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de
Igualdad y se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. Examinadas
las alegaciones aducidas en su caso por las personas solicitantes, el órgano instructor
elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para su resolución.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por las personas solicitantes. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá
el carácter de definitiva.
2. La propuesta de resolución definitiva deberá expresar las personas solicitantes
para las que se propone la concesión de los premios, que deberán manifestar su
aceptación expresa en el plazo de diez días desde su notificación, así como su cuantía,
especificando sus evaluaciones y los criterios de valoración seguidos para efectuarlas.
La propuesta de resolución definitiva se publicará en la sede electrónica asociada del
Ministerio de Igualdad.
3. Una vez elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la
Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres dictará resolución motivada en el plazo de quince días hábiles a contar desde la
recepción de la propuesta de resolución definitiva.
La resolución de concesión tendrá el siguiente contenido mínimo: personas
solicitantes a las que se concede el premio, personas solicitantes que quedan como
suplentes y, en su caso, de la persona merecedora de la mención especial. Se hará
constar la desestimación del resto de las solicitudes.
4. La resolución estará motivada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 25.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y
expresará, en todo caso, la puntuación obtenida por las tesis premiadas, desglosada con
arreglo a los distintos criterios de valoración de las bases, acordando la concesión de los
premios por el orden de clasificación según la puntuación total asignada.
5. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento a la
persona o personas interesadas será de seis meses contados desde la fecha de
publicación de las correspondientes convocatorias, salvo que la misma posponga sus
efectos a una fecha posterior.
Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella,
en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación correspondiente, recurso
potestativo de reposición ante el órgano del que proceda la resolución, en los términos
previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del referido plazo máximo de
resolución y publicación, en los términos y con las limitaciones establecidas en el
cve: BOE-A-2024-23048
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Artículo 12. Resolución.