Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2024-23048)
Orden IGD/1220/2024, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141924
tiene por objeto el fomento de actividades de interés social. Además, no está incluida en
ninguna de las excepciones contempladas en los apartados 2, 3 y 4 del citado artículo 2,
ni en el artículo 2.4 del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia. En particular, se adecúa a los principios de
necesidad, eficacia y proporcionalidad al responder a los cambios normativos que han
tenido lugar con posterioridad a la aprobación de la Orden SSI/121/2017, de 8 de
febrero, y que permitirán la consecución de los objetivos previstos sin afectar a los
derechos y deberes de la ciudadanía.
La norma cumple también con los principios de seguridad jurídica y de transparencia,
ya que identifica claramente su propósito y, asimismo, se ha elaborado una memoria,
accesible a la ciudadanía, que ofrece una explicación completa de su contenido.
Por último, esta orden de bases se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones
del Ministerio de Igualdad y se encuadra en el Eje I «Prevención Integral de la Violencia
contra las Mujeres», que dentro del objetivo estratégico «Seguimiento estadístico y
mejora del conocimiento acerca de la violencia contra las mujeres», propone la línea de
subvención: «Reconocer y recompensar a las personas autoras de aquellas tesis
doctorales que, como consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el
conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la
mujer, así como los medios para evitarla, a través de la publicación y difusión de los
trabajos realizados».
Dada la finalidad de fomento de la investigación científica y técnica a que se dirige
esta orden, el título competencial en que se incardina es el establecido en el
artículo 149.1.15.ª, que otorga competencias al Estado en materia de fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
Esta orden ha sido informada por la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada
en el Ministerio de Igualdad, así como por el Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática.
En su virtud, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y
de la Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión, en
régimen de concurrencia competitiva, de los premios de la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres.
Finalidad.
La finalidad de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género a tesis doctorales sobre violencias contra las mujeres es la de reconocer y
recompensar a las personas autoras de aquellas tesis doctorales que, como
consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el conocimiento de la
dimensión, consecuencias y características de la violencia contra las mujeres, así como
los medios para evitarla.
A estos efectos, se entenderá por violencia contra las mujeres, de conformidad con lo
dispuesto en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
aprobada por Resolución 48/104, de 20 de diciembre de 1993, de la Asamblea General
de las Naciones Unidas, «todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo
femenino que tenga o pueda tener por resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico
o sexual para las mujeres, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la
privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la
privada», constituyendo la violencia de género una manifestación concreta de la misma.
cve: BOE-A-2024-23048
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141924
tiene por objeto el fomento de actividades de interés social. Además, no está incluida en
ninguna de las excepciones contempladas en los apartados 2, 3 y 4 del citado artículo 2,
ni en el artículo 2.4 del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia. En particular, se adecúa a los principios de
necesidad, eficacia y proporcionalidad al responder a los cambios normativos que han
tenido lugar con posterioridad a la aprobación de la Orden SSI/121/2017, de 8 de
febrero, y que permitirán la consecución de los objetivos previstos sin afectar a los
derechos y deberes de la ciudadanía.
La norma cumple también con los principios de seguridad jurídica y de transparencia,
ya que identifica claramente su propósito y, asimismo, se ha elaborado una memoria,
accesible a la ciudadanía, que ofrece una explicación completa de su contenido.
Por último, esta orden de bases se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones
del Ministerio de Igualdad y se encuadra en el Eje I «Prevención Integral de la Violencia
contra las Mujeres», que dentro del objetivo estratégico «Seguimiento estadístico y
mejora del conocimiento acerca de la violencia contra las mujeres», propone la línea de
subvención: «Reconocer y recompensar a las personas autoras de aquellas tesis
doctorales que, como consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el
conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la
mujer, así como los medios para evitarla, a través de la publicación y difusión de los
trabajos realizados».
Dada la finalidad de fomento de la investigación científica y técnica a que se dirige
esta orden, el título competencial en que se incardina es el establecido en el
artículo 149.1.15.ª, que otorga competencias al Estado en materia de fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
Esta orden ha sido informada por la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada
en el Ministerio de Igualdad, así como por el Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática.
En su virtud, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y
de la Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión, en
régimen de concurrencia competitiva, de los premios de la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra las mujeres.
Finalidad.
La finalidad de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género a tesis doctorales sobre violencias contra las mujeres es la de reconocer y
recompensar a las personas autoras de aquellas tesis doctorales que, como
consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el conocimiento de la
dimensión, consecuencias y características de la violencia contra las mujeres, así como
los medios para evitarla.
A estos efectos, se entenderá por violencia contra las mujeres, de conformidad con lo
dispuesto en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
aprobada por Resolución 48/104, de 20 de diciembre de 1993, de la Asamblea General
de las Naciones Unidas, «todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo
femenino que tenga o pueda tener por resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico
o sexual para las mujeres, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la
privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la
privada», constituyendo la violencia de género una manifestación concreta de la misma.
cve: BOE-A-2024-23048
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Artículo 2.