Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-22914)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje en régimen de transporte en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267

Martes 5 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 141027

Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo, la Autoridad Portuaria de
Santa Cruz de Tenerife envió a Puertos del Estado, con fecha de registro de salida 18 de
julio de 2024, bajo número 3.378, notificado el mismo día, el proyecto de Pliego junto con
el expediente completo del Servicio Portuario al Pasaje en Régimen de Transporte en los
Puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, a efectos de
emisión del preceptivo informe vinculante con anterioridad a la aprobación definitiva del
documento.
Tercero.
En fecha 3 de septiembre de 2024 tiene entrada en el Registro General de la
Autoridad Portuaria, bajo n.º 5.255, escrito de Puertos del Estado fechado el mismo día,
al que se adjunta informe FAVORABLE al citado Pliego, si bien condicionado a la
realización de determinadas modificaciones en el mismo.
Por la Autoridad Portuaria se llevan a cabo las correspondientes modificaciones
conforme a los condicionantes contenidos en el Informe de Puertos del Estado,
concretamente sobre las prescripciones 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª 11.ª, 12.ª, 17.ª, 19.ª, 23.ª, 27 y 28.ª
Considerando:
Que la competencia para la aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del
Servicio Portuario al Pasaje en Régimen de Transporte en los Puertos dependientes de
la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, reside en el Consejo de Administración
de conformidad con lo prevenido en el artículo 113 del TRLPEMM.
El Consejo acordó:
I. La aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al
Pasaje en Régimen de Transporte en los Puertos dependientes de la Autoridad Portuaria
de Santa Cruz de Tenerife, una vez llevadas a cabo en el documento las modificaciones
recogidas en el Informe de Puertos del Estado de fecha 3 de septiembre de 2024.
II. Disponer la publicación del acuerdo de aprobación del Pliego de Prescripciones
Particulares, así como del expresado documento, en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo establecido en el artículo 113.5 del TRLPEMM.
Santa Cruz de Tenerife, 30 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Suárez López de Vergara.–La Secretaria del
Consejo de Administración, Rosario Arteaga Rodríguez.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES PARTICULARES DEL SERVICIO PORTUARIO AL
PASAJE EN RÉGIMEN DE TRANSPORTE EN LOS PUERTOS DEPENDIENTES DE
LA AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Septiembre de 2024

Prescripción 1.ª

Objeto y definición del servicio

Objeto y fundamento legal.

El objeto del presente Pliego de Prescripciones Particulares (en adelante, PPP) es la
regulación del otorgamiento de licencias y de la prestación del servicio portuario al
pasaje en régimen de transporte, en los puertos de Santa Cruz de Tenerife, Los
Cristianos, Granadilla, San Sebastián de La Gomera, Santa Cruz de La Palma y La
Estaca (El Hierro), gestionados por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife (en
adelante, Autoridad Portuaria), conforme al Reglamento UE 2017/352 y en virtud de lo
dispuesto en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la

cve: BOE-A-2024-22914
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Sección I.