Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-22914)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje en régimen de transporte en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Medios humanos

Martes 5 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 141042

Funciones y formación requerida

Vigilantes de seguridad

Se exige a los titulares la disponibilidad de personal suficiente habilitado para el manejo de los equipos de control (arco de detección de metales para pasajeros, detectores de metales
portátiles y equipos de exploración de equipajes acompañados), así como en las operaciones de carga y descarga de vehículos, conforme a las exigencias establecidas en el Plan de
Protección del Puerto relativas al control del pasaje y de la Instalación Portuaria en la cual desarrollen su actividad y conforme al nivel de protección del Código Internacional para la protección
de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP) que determinen las autoridades competentes en todo momento
Se encargarán de que todas las operaciones se realicen bajo condiciones de seguridad. Control de seguridad de pasajeros, equipajes no acompañados y vehículos. Control en el acceso a
zonas restringidas según procedimiento establecido en el Plan de Protección del Puerto y en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria. Gestión de espacios y medios para los controles
de seguridad. Control de las puertas de emergencia de la terminal durante las operaciones de acuerdo con lo establecido en el Plan de Autoprotección de la instalación.
Asimismo, se encargarán del control de identidad/pasaportes y control aduanero y/o control de equipaje con medios radioscópicos y según procedimiento establecido en el Plan de Protección
de la Instalación Portuaria.
Se encargarán de la comunicación de incidencias del control radioscópico a la autoridad competente y la gestión de espacios y medios para los controles de seguridad.
Deberán contar, como mínimo, con la siguiente formación:
∙ ESO, Formación profesional Grado Medio
∙ Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B1 certificado)
∙ Certificado de realización del curso de vigilante de seguridad en puertos según la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se
determinan los programas de formación del personal de seguridad privada y la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada
∙ Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la legislación laboral vigente

Operarios destinados al servicio de
carga y descarga de vehículos en
régimen de pasaje

Las principales funciones serán:
∙ Se encargarán de la preparación y ordenación de vehículos en las áreas de estacionamiento previo a la zona de operaciones y de pre- embarque. Asimismo, se encargarán de la
colocación, manejo y retirada de la rampa cuando el buque no disponga de medios propios.
∙ Se encargarán del control de tarjetas de embarque de los vehículos y de los pasajeros que viajen en este, mediante un sistema de registro de datos según establezca la Administración
competente.
∙ Se encargarán de dar información personal y por megafonía a los conductores de los vehículos de la hora y condiciones de embarque/desembarque.
Deberán contar, como mínimo, con la siguiente formación:
∙ ESO, Formación profesional Grado Medio
∙ Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B1 certificado)
∙ Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la legislación laboral vigente
Las funciones descritas podrán recaer sobre el mismo personal responsable de las operaciones de embarque/ desembarque de pasajeros.

N.º de medios
humanos mínimos por
operativa

1 por operativa de
embarque/
desembarque

cve: BOE-A-2024-22914
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 267