Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22744)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 140206

En el caso de que no hubieran obtenido aún el primer destino definitivo, sólo se les
adjudicará de oficio las plazas vacantes de la especialidad por la que superaron el
procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo docente por el que concursa.
Las adjudicaciones de oficio se realizarán en centros ubicados en la Ciudad en la
que aparecen destinados en la precitada Resolución de 9 de abril de 2024 o, a la que se
le haya dado un destino provisional sin haber participado en el anterior concurso de
traslados. A los efectos de esta adjudicación se tendrá en cuenta el orden con el que
aparecen los centros en el anexo o anexos correspondientes a cada uno de los cuerpos
convocados.
En el caso de no obtener destino definitivo quedarán en situación de destino
provisional en la Ciudad en la que han prestado servicios durante el curso 2024/2025 y
en la misma especialidad.
Quienes no hayan obtenido aún su primer destino definitivo, sólo podrán optar a
plazas de la Ciudad por la que superaron el procedimiento selectivo.
b) Los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por
Resolución de 23 de diciembre de 2022, («Boletín Oficial del Estado» de 30 de
diciembre), modificada por Resolución de 6 de marzo de 2024 (BOE del 15 de marzo),
por la que se convocan procedimientos de estabilización por el sistema de concursooposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, al Cuerpo de Maestros.
Estos participantes, conforme determina el apartado 13.4 de la citada Resolución
de 23 de diciembre de 2022 y el artículo 13 del citado Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, están obligados a obtener su primer destino definitivo en centros ubicados en la
Ciudad y por la especialidad por la que hayan superado el procedimiento selectivo. A tal
efecto deberán solicitar destino en centros correspondientes a esa Ciudad.
En el caso de que estos funcionarios, a los que se alude en este apartado b),
debiendo participar no concursen o participando no obtuvieran destino en alguno de los
centros solicitados, se les adjudicará de oficio destino definitivo con ocasión de vacante
en plazas de la especialidad por la que deben participar y en centros ubicados en la
Ciudad por la que superaron el procedimiento selectivo.
La adjudicación de destino a los participantes del cuerpo de Maestros se hará
teniendo en cuenta el orden con el que figuren en la Resolución de 20 de agosto
de 2024, por la que se les ha nombrado funcionarios en prácticas. El destino que pudiera
corresponderles estará condicionado, en su caso, a la superación de la fase de prácticas
y nombramiento como funcionarios de carrera.
En el caso de no obtener destino definitivo quedarán en situación de destino
provisional, en la Ciudad y especialidad en que les haya correspondido prestar servicios
en el curso 2024/2025 como funcionarios en prácticas.
La adjudicación de destino a quienes participen en la presente convocatoria durante
el segundo año en el que hayan sido nombrados como personal funcionario en prácticas,
en aquellos supuestos en los que durante su primer año de nombramiento como
personal funcionario en esa condición les haya sido autorizado el aplazamiento de dicha
fase de prácticas por el disfrute de los permisos por motivos de conciliación de la vida
personal, familiar y laboral reconocidos en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público o por haber estado en una situación de
incapacidad temporal, o bien no hayan podido ser evaluados por los mismos motivos, se
realizará atendiendo a la puntuación que obtengan conforme a los baremos de méritos
que se establecen en los anexos a esta convocatoria, y la toma de posesión en el
destino adjudicado estará supeditada a la superación de esa fase de prácticas. Dichas
personas participantes deberán indicar en su instancia como modalidad de participación
la modalidad de «Funcionario de Carrera que no ha obtenido su primer destino definitivo,
o funcionario nombrado en prácticas durante el segundo año por las situaciones
previstas en la convocatoria».
La adjudicación de destino a quienes participen en la presente convocatoria durante
el segundo año en el que hayan sido nombrados como personal funcionario en prácticas
por no haber superado durante su primer año de nombramiento en dicha condición la

cve: BOE-A-2024-22744
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Núm. 266