Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22744)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 140207

fase de prácticas o cuando les haya sido autorizado un aplazamiento de las mismas por
motivos distintos a los señalados en el párrafo anterior, se hará teniendo en cuenta el
orden en el que figuren en su nombramiento como personal funcionario en prácticas, y la
toma de posesión en el destino adjudicado estará supeditada a la superación de esa
fase de prácticas. Dichas personas participantes deberán indicar en su instancia como
modalidad de participación la modalidad de «Seleccionado en un proceso selectivo
(funcionario en prácticas/exento de prácticas), que aún no ha sido nombrado funcionario
de carrera».
c) El personal funcionario procedente de la situación de excedencia o suspensión
de funciones que les hubiera implicado la pérdida de su destino definitivo y que tengan,
con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria, un destino con carácter
provisional en centros dependientes de este Ministerio.
En el supuesto de que no participen en el presente concurso o no soliciten suficiente
número de plazas vacantes, se les podrá adjudicar de oficio destino definitivo con
ocasión de vacante en plazas de las especialidades de las que sean titulares o, en el
caso del personal funcionario del Cuerpo de Maestros, además se les podrá adjudicar
destino en puestos para los que hayan sido habilitados de acuerdo con la normativa
anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, o conforme
a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, en
centros de la Ciudad en la que tengan su destino provisional.
De no adjudicárseles destino definitivo permanecerán en situación de destino
provisional en la Ciudad en la que hayan prestado servicios durante el curso 2024/2025.
d) Quienes se encuentren en la situación de excedencia forzosa o suspensión de
funciones con pérdida de su centro de destino que cumplida la sanción no hayan
obtenido un reingreso provisional y hayan sido declarados en estas situaciones desde un
centro dependiente de este Ministerio.
En el supuesto de no participar en el presente concurso o, si participando no
solicitaran suficiente número de centros dependientes de este Ministerio, cuando no
obtuvieran destino definitivo, quedarán en la situación de excedencia voluntaria
contemplada en el apartado a) del artículo 89.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
e) El personal funcionario adscrito a plazas en el exterior que deba reincorporarse
al ámbito de gestión de este Ministerio en el curso 2025/2026 o que habiéndose
reincorporado en cursos anteriores no hubiera obtenido aún un destino definitivo.
En el supuesto de que participase ejerciendo el derecho preferente previsto en la
base undécima de esta convocatoria y no obtuviera destino, quedará adscrito
provisionalmente a centros de la Ciudad en la que prestara servicios con anterioridad a
su adscripción en el exterior.
A los que debiendo participar no concursen o si habiendo participado sin ejercer el
derecho preferente a que se refiere la base undécima de esta convocatoria no obtuvieran
destino en las plazas solicitadas, se les aplicará lo dispuesto en el apartado a) de esta
base a efectos de la adjudicación de destino y en el caso de no obtener destino, serán
destinados provisionalmente a centros de la Ciudad en la que prestaban servicios en el
momento de producirse la adscripción a la plaza en el exterior.
f) Quienes hayan perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia,
resolución de recurso o por habérseles suprimido expresamente el puesto que
desempeñaban con carácter definitivo en centros dependientes de este Ministerio.
En el supuesto de que participasen ejerciendo el derecho preferente previsto en la
base undécima de esta convocatoria no obtuvieran destino, quedarán destinados
provisionalmente en centros de la Ciudad en la que prestaron servicios durante el
curso 2024/2025 y en plazas para cuyo desempeño reúnan los requisitos exigibles.
A los que debiendo participar no concursen o si habiendo participado sin ejercer el
derecho preferente a que se refiere la base undécima de esta convocatoria no obtuvieran
destino en las plazas solicitadas, se les aplicará lo dispuesto en el apartado a) de esta

cve: BOE-A-2024-22744
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Núm. 266