Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22744)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266

Lunes 4 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 140204

C) Puestos de los Departamentos de Orientación de los Institutos de Educación
Secundaria:
Código

Denominación

060

Pedagogía Terapéutica.

061

Audición y Lenguaje.

Estos puestos podrán solicitarse por aquellos que acrediten la titularidad de la
especialidad tras la superación del correspondiente procedimiento selectivo de ingreso al
Cuerpo de Maestros o a través de lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real
Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre. Asimismo, podrán ser solicitados por aquellos
que conforme a la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, hayan sido habilitados para los mismos de acuerdo con la normativa anterior a
la entrada en vigor del citado real decreto, o se les haya reconocido esa habilitación
conforme a la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de
noviembre.
D) Puestos de Educación de Personas Adultas. Podrán ser solicitados por todos los
Maestros, consignando en su petición de plazas de la solicitud de participación como
«tipo de plaza» el código 074.
E) Puestos de Inglés incluidos en el convenio con «The British Council». Podrán ser
solicitados por aquellos que acrediten la titularidad de la especialidad Lengua extranjera:
Inglés tras la superación del correspondiente procedimiento selectivo de ingreso al
Cuerpo de Maestros, o hayan adquirido esta especialidad a través de lo dispuesto en el
artículo 4.2 del Real Decreto 1594/2011 de 4 de noviembre. Asimismo, podrán ser
solicitados por aquellos que conforme a la disposición adicional cuarta del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, hayan sido habilitados para los mismos de
acuerdo con la normativa anterior a la entrada en vigor del citado real decreto, o se les
haya reconocido esa habilitación conforme a la disposición transitoria segunda del Real
Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre.
Los participantes que soliciten estos puestos deberán consignar en su petición de
plazas de la solicitud de participación, como «tipo de plaza» el código 099.
Novena.

Participación voluntaria.

a) El personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo con
destino definitivo en centros dependientes de este Ministerio, siempre y cuando, de
conformidad con la disposición adicional sexta, apartado 6, de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo de Educación y el artículo 11 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años
desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con carácter definitivo.
A estos efectos, al personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño,
se le tendrá en cuenta el tiempo que anteriormente hubiera permanecido en la misma
plaza o puesto como funcionario de carrera del respectivo cuerpo de profesores.
b) El personal funcionario que se encuentre en situación de servicios especiales
declarada desde centros dependientes de este Ministerio, siempre y cuando, de
conformidad con la disposición adicional sexta, apartado 6, de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo de Educación y el artículo 11 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años
desde la toma de posesión del último destino definitivo.

cve: BOE-A-2024-22744
Verificable en https://www.boe.es

1. Podrán participar voluntariamente solicitando las plazas ofertadas en esta
convocatoria en los términos indicados en la base decimotercera, el personal funcionario
de carrera que se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación: