Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22705)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la «Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla».
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Sábado 2 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 139932

a la unidad paisajística que forma, en sí misma, el propio aeropuerto, ni a su percepción
ante cualquier otro potencial observador. El promotor indica que las medidas y acciones
necesarias para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, compensar los efectos
significativos en el paisaje, requerirá la coordinación con las Administraciones públicas
que ostentan competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo, para
lograr su correcta y eficaz integración durante la elaboración/modificación del Plan
Especial del Sistema General Aeroportuario. El promotor no considera necesario
proponer objetivos ambientales ni medidas específicas de integración paisajística
adicionales a las que se propongan en el proyecto de cada actuación.
Fundamentos de Derecho
La Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla, objeto de la presente
resolución, se encuentra comprendida en artículo 6.1 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual, resulta preceptiva su
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria y la
formulación de declaración ambiental estratégica, con carácter previo a su aprobación,
de conformidad con lo establecido en el artículo 17 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas de
competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21
de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023,
de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: la propuesta de Revisión del Plan Director, el EsAE, el resultado
de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación
complementaria aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración ambiental
estratégica de la «Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla» en la que se
establecen las determinaciones ambientales (sobre los objetivos ambientales, las
medidas necesarias para alcanzarlos y el seguimiento) que resultan de la evaluación
ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el Plan
Director para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Lo anterior no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones
ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
La evaluación ambiental estratégica realizada tampoco exime al promotor de que,
conforme a la normativa que corresponda en cada caso y en particular conforme a la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, los proyectos individualizados
contemplados en la Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla sean sometidos
a evaluación de impacto ambiental.

4.

Determinaciones finales al Plan Director.

Una vez analizado todo el procedimiento de evaluación ambiental estratégica y las
medidas incluidas en el EsAE y su adenda, se ha considerado necesario modificar
algunos objetivos e incorporar algunas medidas e indicadores de carácter estratégico,
así como una serie de determinaciones en el desarrollo de los futuros proyectos, que
contribuyan a la sostenibilidad ambiental de las actuaciones incluidas en el Plan Director.

cve: BOE-A-2024-22705
Verificable en https://www.boe.es

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se establecen
las determinaciones finales al Plan Director en los siguientes términos: