Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22705)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la «Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139927
Residuos
Seguimiento.
Indicadores: Toneladas o m3/ATU de residuos producidos por tipo; % de
valorización de residuos.
Periodicidad: Anual.
La Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía recuerda que se deberá tener en cuenta la normativa autonómica vigente,
además de los objetivos contemplados en el Plan de Prevención y Gestión de Residuos
Peligrosos de Andalucía. El promotor responde que cualquier actividad de producción y
gestión de residuos peligrosos que se desarrolle en el ámbito territorial del Plan tendrá
en cuenta la legislación vigente en Andalucía en materia de residuos, además de los
objetivos contemplados en el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de
Andalucía.
Teniendo en cuenta el resultado de la evaluación, en el apartado 4.2 de la presente
resolución se incluye una determinación adicional respecto al factor residuos.
b.7
Población y salud humana.
Los impactos que se producen como consecuencia del desarrollo del Plan Director
sobre aquellos elementos que influyen en la salud de la población se han analizado
anteriormente y se relacionan, fundamentalmente, con el nivel de ruido, emisiones
atmosféricas y calidad del aire, contaminación de las aguas y del suelo, entre otros.
En relación con la ordenación del territorio y los usos del suelo, el Aeropuerto de
Sevilla está localizado, en su mayor parte, en el término municipal de Sevilla, y solo una
pequeña franja, situada al este, en el término de La Rinconada. El ámbito de la zona de
servicio está clasificado como Suelo No Urbanizable, con calificación de Sistema
General de Transportes e Infraestructuras Básicas. La nueva zona de servicio prevista
en la revisión del Plan Director requerirá la incorporación de 11,7 ha de terrenos
pertenecientes al término municipal de La Rinconada, incluidos en Suelo No Urbanizable
de Carácter Agrícola.
Sobre la incidencia social y económica, el promotor considera que los efectos
producidos por las nuevas actuaciones propuestas en la revisión del Plan Director
supondrán un incremento notable en la creación de empleo para el horizonte de
desarrollo previsible, concretamente, se estima que podrían generase 6.615 empleos
adicionales directos e indirectos, lo que supondrá un incremento del 101,33 % respecto a
la situación actual.
Teniendo en cuenta el resultado de la evaluación, el promotor propone los siguientes
objetivos ambientales, medidas e indicadores de seguimiento.
Objetivos
ambientales.
*Ver objetivos en materia de aire, energía y cambio climático, agua y suelo.
Compatibilizar la revisión del Plan Director con el planeamiento territorial y
urbanístico.
Evitar actuaciones que induzcan o apoyen procesos territoriales no
deseados: crecimientos urbanísticos desproporcionados, ocupación de
suelos valiosos, etc.
Medidas de
integración
ambiental del
Plan Director.
*Ver medidas en materia de aire, energía y cambio climático y agua.
Seguimiento.
*Ver seguimiento en materia de aire, energía y cambio climático y agua.
cve: BOE-A-2024-22705
Verificable en https://www.boe.es
Población y salud humana
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139927
Residuos
Seguimiento.
Indicadores: Toneladas o m3/ATU de residuos producidos por tipo; % de
valorización de residuos.
Periodicidad: Anual.
La Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía recuerda que se deberá tener en cuenta la normativa autonómica vigente,
además de los objetivos contemplados en el Plan de Prevención y Gestión de Residuos
Peligrosos de Andalucía. El promotor responde que cualquier actividad de producción y
gestión de residuos peligrosos que se desarrolle en el ámbito territorial del Plan tendrá
en cuenta la legislación vigente en Andalucía en materia de residuos, además de los
objetivos contemplados en el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de
Andalucía.
Teniendo en cuenta el resultado de la evaluación, en el apartado 4.2 de la presente
resolución se incluye una determinación adicional respecto al factor residuos.
b.7
Población y salud humana.
Los impactos que se producen como consecuencia del desarrollo del Plan Director
sobre aquellos elementos que influyen en la salud de la población se han analizado
anteriormente y se relacionan, fundamentalmente, con el nivel de ruido, emisiones
atmosféricas y calidad del aire, contaminación de las aguas y del suelo, entre otros.
En relación con la ordenación del territorio y los usos del suelo, el Aeropuerto de
Sevilla está localizado, en su mayor parte, en el término municipal de Sevilla, y solo una
pequeña franja, situada al este, en el término de La Rinconada. El ámbito de la zona de
servicio está clasificado como Suelo No Urbanizable, con calificación de Sistema
General de Transportes e Infraestructuras Básicas. La nueva zona de servicio prevista
en la revisión del Plan Director requerirá la incorporación de 11,7 ha de terrenos
pertenecientes al término municipal de La Rinconada, incluidos en Suelo No Urbanizable
de Carácter Agrícola.
Sobre la incidencia social y económica, el promotor considera que los efectos
producidos por las nuevas actuaciones propuestas en la revisión del Plan Director
supondrán un incremento notable en la creación de empleo para el horizonte de
desarrollo previsible, concretamente, se estima que podrían generase 6.615 empleos
adicionales directos e indirectos, lo que supondrá un incremento del 101,33 % respecto a
la situación actual.
Teniendo en cuenta el resultado de la evaluación, el promotor propone los siguientes
objetivos ambientales, medidas e indicadores de seguimiento.
Objetivos
ambientales.
*Ver objetivos en materia de aire, energía y cambio climático, agua y suelo.
Compatibilizar la revisión del Plan Director con el planeamiento territorial y
urbanístico.
Evitar actuaciones que induzcan o apoyen procesos territoriales no
deseados: crecimientos urbanísticos desproporcionados, ocupación de
suelos valiosos, etc.
Medidas de
integración
ambiental del
Plan Director.
*Ver medidas en materia de aire, energía y cambio climático y agua.
Seguimiento.
*Ver seguimiento en materia de aire, energía y cambio climático y agua.
cve: BOE-A-2024-22705
Verificable en https://www.boe.es
Población y salud humana