Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22705)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la «Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Sábado 2 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 139925

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de
Andalucía informa de la necesidad de completar los objetivos ambientales relativos a
vertidos, con el objetivo de reducir la carga contaminante en el medio, así como la
aplicación de medidas correctoras para minimizar los efectos y el monitoreo de los
impactos sobre el medio.
De acuerdo con el resultado de la evaluación, el promotor propone los siguientes
objetivos ambientales, medidas e indicadores de seguimiento.
Agua

Objetivos
ambientales.

Evitar los vertidos que no cumplan los parámetros establecidos por el
organismo competente.
Reducir el consumo de agua por número de pasajeros.

Medidas de
integración
ambiental del
Plan Director.

Control y seguimiento de la calidad de las aguas vertidas mediante las
analíticas previstas en las autorizaciones correspondientes.
Ejecutar, en su caso y durante la fase de proyecto, las medidas adecuadas
para minimizar la afección a DPH.
Aplicar las medidas previstas de control de fugas y ahorro en el consumo de
agua.

Seguimiento.

Indicadores: N.º de analíticas remitidas a la autoridad competente.
Periodicidad: Anual.

Teniendo en cuenta el resultado de la evaluación, en los apartados 4.2 y 4.3 de la
presente resolución se incluyen determinaciones adicionales al respecto del factor agua.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Las principales alteraciones se deberán a los movimientos de tierra y a la ocupación
de los suelos. La nueva superficie ocupada asciende a 45,22 ha, de las cuales, 13,73 ha
corresponden a suelo natural. Dada la orografía de la zona en la que se ejecutarán las
actuaciones, prácticamente llana, se prevé que los movimientos de tierra sean de poca
envergadura.
La Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía informa que debe considerarse la actividad aeroportuaria como
potencialmente contaminante del suelo según el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero,
teniendo en cuenta, además, que una de las actuaciones a desarrollar es la ampliación
de la parcela de combustibles. Asimismo, recomienda incluir medidas preventivas en
relación con la contaminación de los suelos, tanto en la ejecución de las obras como en
el desarrollo de la actividad aeroportuaria.
Esta Dirección General solicita al promotor que analice el riesgo de contaminación de
los suelos por las actuaciones previstas en la Revisión del Plan Director, concretamente,
por la ampliación de la parcela de combustible y del punto limpio, así como que
proponga medidas dirigidas a la conservación y prevención de la contaminación en los
suelos donde se desarrollen dichas actuaciones. Por otro lado, solicita el aporte de
información sobre la estimación de la superficie de terreno afectado por el movimiento de
tierras, indicando las actuaciones que requieren una mayor incidencia sobre el suelo.
El promotor responde que, siempre que los proyectos constructivos se ejecuten
adecuadamente, el riesgo de afección al suelo es bajo pues se adoptarán medidas
orientadas a prevenir este impacto relacionadas con el diseño y ejecución de las
actuaciones, que no se pueden concretar ni definir en la fase de planificación actual.
Asimismo, considera que las actuaciones potencialmente contaminantes del suelo
deberán ser objeto de un seguimiento y control específico y añade que, de forma previa
a la ejecución de los proyectos, se realizará un estudio detallado del subsuelo para
conocer su estado.
En relación con los volúmenes de movimientos de tierras, el promotor defiende que
no ha sido posible añadir estos datos al estudio ambiental estratégico, debido a que los

cve: BOE-A-2024-22705
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