Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2024-22668)
Real Decreto 1058/2024, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 284/2019, de 22 de abril, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la reglamentación de la Unión Europea en el sector del lúpulo, y se aprueban las bases reguladoras para concesión de ayudas estatales de minimis destinadas a dicho sector.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 139798
por el vendedor que indique el peso de la parte que se vende, y en el que deberá
figurar también la siguiente información:
a) La descripción del producto;
b) El peso bruto o neto del lote certificado original;
c) El lugar y el área de producción;
d) La variedad;
e) El año de la cosecha;
f) El número de referencia único del certificado.»
Once. El artículo 9 queda redactado como sigue:
«Artículo 9. Certificado y marcado.
1. Cada certificado recibirá un número de referencia único compuesto por el
código ES, el número de código asignado al centro de certificación, el año de la
cosecha y el número de referencia asignado al lote correspondiente por el centro
de certificación.
2. En el caso de los conos de lúpulo, el certificado incluirá al menos las
siguientes indicaciones:
a) La descripción del producto, incluidas las menciones “lúpulo con semillas”
o “lúpulo sin semillas”, según proceda, y “lúpulo preparado” o “lúpulo no
preparado” según los casos;
b) El número de referencia único del certificado, expedido para el lote. El
número de referencia será el mismo para todos los embalajes de un mismo lote;
c) El peso neto y/o bruto;
d) El área de producción del lúpulo;
e) El año de cosecha;
f) La variedad;
g) La mención “lúpulo con semillas” o “lúpulo sin semillas”, según proceda;
h) Al menos, una de las indicaciones enumeradas en el anexo III del
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/601 de la Comisión, de 14 de diciembre
de 2023, en al menos una de las lenguas oficiales de la UE, aplicada por la
autoridad de certificación competente.
3. En el caso del lúpulo procedente de cepas experimentales la indicación de
variedad podrá substituirse por un nombre o número que identifique la cepa en
cuestión.
4. Cada embalaje llevará, al menos, las indicaciones siguientes en una de las
lenguas de la Unión de forma legible en caracteres indelebles de tamaño uniforme:
Doce.
El articulo 10 queda con la siguiente redacción:
«Artículo 10. Lúpulo procedente de especies experimentales.
En el caso del lúpulo procedente de cepas experimentales en fase de
desarrollo, producido por un instituto de investigación en sus propias instalaciones
o por un productor a cuenta de un instituto de investigación, las indicaciones
contempladas para su marcado y precintado en cuanto a la indicación de variedad
podrán substituirse por un nombre o número que identifique la cepa en cuestión.»
cve: BOE-A-2024-22668
Verificable en https://www.boe.es
a) La descripción del producto, incluidas las menciones “lúpulo con semillas”
o “lúpulo sin semillas”, según proceda, y “lúpulo preparado” o “lúpulo no
preparado”, según los casos;
b) La variedad o variedades;
c) El año de la cosecha;
d) El número de referencia único del certificado.»
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 139798
por el vendedor que indique el peso de la parte que se vende, y en el que deberá
figurar también la siguiente información:
a) La descripción del producto;
b) El peso bruto o neto del lote certificado original;
c) El lugar y el área de producción;
d) La variedad;
e) El año de la cosecha;
f) El número de referencia único del certificado.»
Once. El artículo 9 queda redactado como sigue:
«Artículo 9. Certificado y marcado.
1. Cada certificado recibirá un número de referencia único compuesto por el
código ES, el número de código asignado al centro de certificación, el año de la
cosecha y el número de referencia asignado al lote correspondiente por el centro
de certificación.
2. En el caso de los conos de lúpulo, el certificado incluirá al menos las
siguientes indicaciones:
a) La descripción del producto, incluidas las menciones “lúpulo con semillas”
o “lúpulo sin semillas”, según proceda, y “lúpulo preparado” o “lúpulo no
preparado” según los casos;
b) El número de referencia único del certificado, expedido para el lote. El
número de referencia será el mismo para todos los embalajes de un mismo lote;
c) El peso neto y/o bruto;
d) El área de producción del lúpulo;
e) El año de cosecha;
f) La variedad;
g) La mención “lúpulo con semillas” o “lúpulo sin semillas”, según proceda;
h) Al menos, una de las indicaciones enumeradas en el anexo III del
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/601 de la Comisión, de 14 de diciembre
de 2023, en al menos una de las lenguas oficiales de la UE, aplicada por la
autoridad de certificación competente.
3. En el caso del lúpulo procedente de cepas experimentales la indicación de
variedad podrá substituirse por un nombre o número que identifique la cepa en
cuestión.
4. Cada embalaje llevará, al menos, las indicaciones siguientes en una de las
lenguas de la Unión de forma legible en caracteres indelebles de tamaño uniforme:
Doce.
El articulo 10 queda con la siguiente redacción:
«Artículo 10. Lúpulo procedente de especies experimentales.
En el caso del lúpulo procedente de cepas experimentales en fase de
desarrollo, producido por un instituto de investigación en sus propias instalaciones
o por un productor a cuenta de un instituto de investigación, las indicaciones
contempladas para su marcado y precintado en cuanto a la indicación de variedad
podrán substituirse por un nombre o número que identifique la cepa en cuestión.»
cve: BOE-A-2024-22668
Verificable en https://www.boe.es
a) La descripción del producto, incluidas las menciones “lúpulo con semillas”
o “lúpulo sin semillas”, según proceda, y “lúpulo preparado” o “lúpulo no
preparado”, según los casos;
b) La variedad o variedades;
c) El año de la cosecha;
d) El número de referencia único del certificado.»