Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-22669)
Orden PJC/1210/2024, de 22 de octubre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 139808

permanencia en determinados puestos cuyo contenido se ajuste a los méritos
específicos requeridos, etc. En todo caso, para poder ser valorados deberán ser
acreditados de manera documental mediante las correspondientes certificaciones,
títulos, justificantes o cualquier otro medio documental.
Además de la documentación anterior, en el caso de las jefaturas de servicio, deberá
presentarse, por cada puesto solicitado, una memoria firmada en la que, en una
extensión no superior a diez folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del
puesto solicitado y de los requisitos, análisis actualizado de la situación del puesto por el
que opta y propuestas de mejora en la operatividad, condiciones y medios necesarios
para su desempeño, propuestas de mejora en el desarrollo de las funciones y todas
aquellas otras cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia, con base
en la descripción de funciones del puesto. Para la valoración de las memorias, éstas
deberán ser presentadas inexcusablemente dentro del plazo de presentación de
solicitudes.
Ningún participante podrá modificar su instancia una vez terminado el plazo de
presentación de estas.
Se podrá desistir total o parcialmente de la solicitud hasta el último día del plazo de
presentación de alegaciones a la propuesta provisional de adjudicación.
Quinta. Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al
hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta. Comisión de valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:
Presidente: será un funcionario de la Administración General del Estado destinado en
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y perteneciente al
subgrupo A1.
Vocales: tres Médicos Forenses o Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y
Ciencias Forenses, designados por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, uno de los cuales actuará como Secretario.
Asimismo, formarán parte de la Comisión dos Médicos Forenses o Facultativos del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses designados a propuesta de las
organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del 10 % de
representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el ámbito
correspondiente.
Los representantes de las organizaciones sindicales se designarán a propuesta de
las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación
por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez
días hábiles, se entenderá que renuncia a la propuesta.

cve: BOE-A-2024-22669
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Núm. 265