Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-22669)
Orden PJC/1210/2024, de 22 de octubre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 139807
La puntuación máxima para esta fase será de 60 puntos. En el caso de los puestos
del Departamento de Barcelona del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses, la puntuación máxima será de 72 puntos.
2.
Segunda fase:
Valoración de los méritos específicos, adecuados a las características y contenido de
cada puesto de trabajo descritos en el anexo I. La puntuación máxima por este concepto
será de 40 puntos. En el caso de los puestos del Departamento de Barcelona del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la puntuación máxima será de 43
puntos.
Se valorarán aptitudes concretas, a través de conocimientos, experiencia y aquellos
otros elementos que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del
puesto.
Asimismo, en el caso de las jefaturas de servicio, la Comisión de Valoración realizará
entrevistas a los candidatos, que versarán sobre los méritos específicos adecuados a las
características del puesto, incluyendo aptitudes de gestión de personal y, en su caso,
sobre la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la
documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos,
requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para
una ajustada inclusión o valoración.
Solicitudes.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que figura en
el anexo II, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de
la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y
puesto/s solicitado/s, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al
de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado (https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo establecido en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar su solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a los que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, debiendo en este caso aportar documentación que acredite la
imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud los méritos alegados, así como los
documentos acreditativos de los mismos.
La Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración
de Justicia aportará de oficio la correspondiente certificación de la antigüedad en el
Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, de conformidad con lo establecido en
la Base Tercera (Primera Fase).
Los méritos generales del apartado 1.C) de la Base Tercera y los méritos específicos
deberán relacionarse por los concursantes en el modelo que figura en el anexo III de
esta orden, pudiéndose alegar a tal efecto titulaciones académicas, cursos, diplomas,
publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos profesionales, experiencia o
cve: BOE-A-2024-22669
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 265
Sábado 2 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 139807
La puntuación máxima para esta fase será de 60 puntos. En el caso de los puestos
del Departamento de Barcelona del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses, la puntuación máxima será de 72 puntos.
2.
Segunda fase:
Valoración de los méritos específicos, adecuados a las características y contenido de
cada puesto de trabajo descritos en el anexo I. La puntuación máxima por este concepto
será de 40 puntos. En el caso de los puestos del Departamento de Barcelona del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la puntuación máxima será de 43
puntos.
Se valorarán aptitudes concretas, a través de conocimientos, experiencia y aquellos
otros elementos que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del
puesto.
Asimismo, en el caso de las jefaturas de servicio, la Comisión de Valoración realizará
entrevistas a los candidatos, que versarán sobre los méritos específicos adecuados a las
características del puesto, incluyendo aptitudes de gestión de personal y, en su caso,
sobre la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la
documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos,
requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para
una ajustada inclusión o valoración.
Solicitudes.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que figura en
el anexo II, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de
la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y
puesto/s solicitado/s, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al
de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado (https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo establecido en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar su solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a los que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, debiendo en este caso aportar documentación que acredite la
imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud los méritos alegados, así como los
documentos acreditativos de los mismos.
La Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración
de Justicia aportará de oficio la correspondiente certificación de la antigüedad en el
Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, de conformidad con lo establecido en
la Base Tercera (Primera Fase).
Los méritos generales del apartado 1.C) de la Base Tercera y los méritos específicos
deberán relacionarse por los concursantes en el modelo que figura en el anexo III de
esta orden, pudiéndose alegar a tal efecto titulaciones académicas, cursos, diplomas,
publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos profesionales, experiencia o
cve: BOE-A-2024-22669
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.