III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22637)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes Santa Ana (Huesca)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 139556

los que se refiere la Ley de evaluación ambiental, e identifica tres riesgos en la fase de
ejecución de las obras: incendios, los cuales estima como poco probables y para los que
incluye una serie de medidas de prevención; vertidos accidentales de residuos y
productos tóxicos y peligrosos de la maquinaria, para los que incluye también medidas
de prevención; y sismicidad, sobre la cual señala que el riesgo en la zona es muy bajo.
Para la fase de explotación, identifica como principal riesgo la avenida producida por
la rotura accidental de las balsas proyectadas. El estudio de impacto ambiental incluye
un análisis de los resultados de la simulación hidráulica de la propagación de la onda de
rotura de cada una de las balsas. Las conclusiones del referido análisis son las
siguientes:
En relación con la balsa Intermedia, la de mayor capacidad, el estudio de impacto
ambiental concluye, en primer lugar, que la avenida provocada por una hipotética rotura
no afectaría a ninguna vivienda, zonas de acampada estable o zonas en la que se
produzcan aglomeraciones de personas de manera habitual, por lo que determina que
solo se podrían producir pérdidas de vidas humanas de manera incidental; en segundo
lugar, que no produciría afectaciones graves a ningún servicio esencial; y, en tercer lugar,
respecto a los daños materiales, que la onda de rotura afectaría a cultivos, en una
superficie inferior a 1.000 ha; al canal de Monegros, sobre el que estima una
sobreelevación de su calado sin llegar a desbordarse; a la carretera A1211, pero no
gravemente; y al camino de servicio del canal de Monegros, sobre el que sí prevé que
pueda producirse una afectación grave. Finalmente, el estudio de impacto ambiental, en
su anejo 7, basándose en la «Guía técnica para la clasificación de presas» de 2021 de la
Dirección General del Agua de este ministerio, valora que los daños materiales tendrían
la consideración de moderados. Hay que reseñar que dicha guía se ha actualizado
en 2023, si bien los criterios de valoración de los daños materiales son los mismos. Por
otro lado, la onda de rotura no afectaría a espacios naturales protegidos, espacios
protegidos Red Natura 2000 ni a áreas protegidas por instrumentos internacionales de la
Ley 42/2007 ni a bienes de interés cultural, de acuerdo con los resultados del estudio de
rotura presentado.
El estudio de impacto ambiental incluye una propuesta de clasificación para la balsa
Intermedia en la categoría C, en función del riesgo potencial que pueda derivarse de su
posible rotura o funcionamiento incorrecto a la que se refiere el título VII, «De la
seguridad de presas, embalses y balsas», del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico, aspecto respecto del que no corresponde pronunciarse en este procedimiento
de evaluación ambiental.
En relación con la balsa Elevada, el estudio de impacto ambiental señala que la
avenida provocada por una hipotética rotura no afectaría a ninguna vivienda, instalación,
yacimientos arqueológicos ni a «figuras ambientales». El impacto lo valora como
moderado. Según se deduce del estudio de impacto ambiental, sí afectaría a tierras de
cultivo, en una superficie inferior a 20 ha. Igualmente, se deduce que no afectaría a
espacios naturales protegidos, espacios protegidos Red Natura 2000 ni a áreas
protegidas por instrumentos internacionales de la Ley 42/2007 ni tampoco a ninguna
carretera.
En relación con la balsa Inferior Norte, el estudio de impacto ambiental señala que la
avenida provocada por una hipotética rotura afectaría con carácter leve a 4 viviendas, a
unas instalaciones deportivas, a un almacén y a una granja porcina. El impacto lo valora
como moderado. También afectaría a las carreteras A1211 y CHE1407, con carácter no
grave según los datos de la documentación adicional y los criterios de la «Guía técnica
para la clasificación de presas», actualización 2023, de este ministerio. La avenida citada
también supondría pequeñas inundaciones a campos de cultivo, en una superficie
inferior a 80 ha según se deduce del estudio de impacto ambiental, por lo que los daños
se considerarían como máximo moderados según los criterios de la referida guía técnica.
La onda de rotura no afectaría a espacios naturales protegidos, espacios protegidos Red
Natura 2000 ni a áreas protegidas por instrumentos internacionales de la Ley 42/2007 ni

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Núm. 264