III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22636)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Construcción de la segunda fase del Canal de Navarra (en Pitillas, Ujué, Santacara, Mélida, Valtierra, Arguedas, Tudela, Corella, Cintruénigo, Cascante y Tulebras y el territorio de Bardenas Reales de Navarra)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139528
longitudes de todos los tendidos eléctricos propuestos, se alcanza una longitud total
de 20.821,10 m distribuidos de la siguiente manera:
Balsa de Mostrakas: 6.675,12 m en aéreo (50 apoyos) y 2.453,70 m subterráneos.
EPC02 (para alimentar la toma 11 fuera del territorio de las Bardenas Reales): 20 m
aéreos.
Toma 12: 3.128,19 m aéreos (51 apoyos).
Toma 13: 3.436,75 m aéreos (50 apoyos).
Toma 13 bis: 16 m aéreos (2 apoyos) y 550,40 m subterráneos.
Toma 14-15: 328,82 m aéreos (8 apoyos).
Toma 16: 2.189,32 m aéreos (34 apoyos).
Toma 20: 7,94 m aéreos (2 apoyos).
Toma 21: 327,15 m subterráneos.
Balsa de Tudela: 254,11 m aéreos hasta la arqueta de tomas (4 apoyos) y 1.111 m de
reposición de línea (9 apoyos).
Derivación de Corella: 322,60 m (8 apoyos).
La actuación se desarrolla en el territorio de Bardenas Reales y en los municipios de
Arguedas, Cascante, Cintruénigo, Corella, Mélida, Murillo el Fruto, Pitillas, Santacara,
Tudela, Tulebras, Ujué y Valtierra, todos ellos en la Comunidad Foral de Navarra.
2.
Tramitación del procedimiento
El proyecto y el estudio de impacto ambiental se someten al trámite de información
pública mediante la publicación de los anuncios en el «Boletín Oficial del Estado», de 16
de enero de 2023 y en el Boletín Oficial de Navarra, de 20 de enero de 2023. El 17 de
enero de 2023, se realizan las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a
las personas interesadas. Numerosas alegaciones se centraban en la definición de la
zona regable, que no es objeto de la presente evaluación. El trámite de información
pública y consultas se encuentra resumido en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 27 de marzo de 2024, se inicia el procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria. El 9 de mayo de 2024, se requiere al órgano sustantivo la
subsanación del expediente, en aplicación del artículo 40.1 de la Ley de evaluación
ambiental, al no disponer de los informes de los órganos competentes en materia de
prevención y gestión de riesgos derivados de accidentes graves o catástrofes, salud
pública y defensa. La subsanación del expediente se realiza el 9 de julio de 2024.
Posteriormente, el 29 de agosto de 2024, en aplicación del artículo 40.3 de la Ley de
evaluación ambiental, se solicita información adicional al promotor referente a los
tendidos eléctricos y a la superficie regable, para verificar, en última instancia, que
estaba incluida dentro de la aprobada en la Resolución de 17 de mayo de 1999. La
respuesta a dicho requerimiento se recibe el 2 de octubre de 2024.
3.
Análisis de alternativas.
Las alternativas analizadas se engloban en dos tipos de actuaciones, por un lado, las
posibilidades de explotación mediante conducción enterrada o canal a cielo abierto y por
el otro, las distintas alternativas de las balsas de regulación de Mostrakas y Tudela.
En relación con el tipo de conducción se analizan las siguientes:
Alternativa 0 o «Alternativa de No Ejecución»: Descartada por varias razones, como
no dar respuesta al interés social que despierta este proyecto, evitar la modernización de
regadíos o reducir la superficie regable prevista para la segunda fase del Canal de
Navarra.
Alternativa A: Mediante conducción enterrada. (Seleccionada).
Alternativa B: Correspondiente a la ejecución a cielo abierto.
cve: BOE-A-2024-22636
Verificable en https://www.boe.es
a.
Análisis técnico del expediente
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139528
longitudes de todos los tendidos eléctricos propuestos, se alcanza una longitud total
de 20.821,10 m distribuidos de la siguiente manera:
Balsa de Mostrakas: 6.675,12 m en aéreo (50 apoyos) y 2.453,70 m subterráneos.
EPC02 (para alimentar la toma 11 fuera del territorio de las Bardenas Reales): 20 m
aéreos.
Toma 12: 3.128,19 m aéreos (51 apoyos).
Toma 13: 3.436,75 m aéreos (50 apoyos).
Toma 13 bis: 16 m aéreos (2 apoyos) y 550,40 m subterráneos.
Toma 14-15: 328,82 m aéreos (8 apoyos).
Toma 16: 2.189,32 m aéreos (34 apoyos).
Toma 20: 7,94 m aéreos (2 apoyos).
Toma 21: 327,15 m subterráneos.
Balsa de Tudela: 254,11 m aéreos hasta la arqueta de tomas (4 apoyos) y 1.111 m de
reposición de línea (9 apoyos).
Derivación de Corella: 322,60 m (8 apoyos).
La actuación se desarrolla en el territorio de Bardenas Reales y en los municipios de
Arguedas, Cascante, Cintruénigo, Corella, Mélida, Murillo el Fruto, Pitillas, Santacara,
Tudela, Tulebras, Ujué y Valtierra, todos ellos en la Comunidad Foral de Navarra.
2.
Tramitación del procedimiento
El proyecto y el estudio de impacto ambiental se someten al trámite de información
pública mediante la publicación de los anuncios en el «Boletín Oficial del Estado», de 16
de enero de 2023 y en el Boletín Oficial de Navarra, de 20 de enero de 2023. El 17 de
enero de 2023, se realizan las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a
las personas interesadas. Numerosas alegaciones se centraban en la definición de la
zona regable, que no es objeto de la presente evaluación. El trámite de información
pública y consultas se encuentra resumido en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 27 de marzo de 2024, se inicia el procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria. El 9 de mayo de 2024, se requiere al órgano sustantivo la
subsanación del expediente, en aplicación del artículo 40.1 de la Ley de evaluación
ambiental, al no disponer de los informes de los órganos competentes en materia de
prevención y gestión de riesgos derivados de accidentes graves o catástrofes, salud
pública y defensa. La subsanación del expediente se realiza el 9 de julio de 2024.
Posteriormente, el 29 de agosto de 2024, en aplicación del artículo 40.3 de la Ley de
evaluación ambiental, se solicita información adicional al promotor referente a los
tendidos eléctricos y a la superficie regable, para verificar, en última instancia, que
estaba incluida dentro de la aprobada en la Resolución de 17 de mayo de 1999. La
respuesta a dicho requerimiento se recibe el 2 de octubre de 2024.
3.
Análisis de alternativas.
Las alternativas analizadas se engloban en dos tipos de actuaciones, por un lado, las
posibilidades de explotación mediante conducción enterrada o canal a cielo abierto y por
el otro, las distintas alternativas de las balsas de regulación de Mostrakas y Tudela.
En relación con el tipo de conducción se analizan las siguientes:
Alternativa 0 o «Alternativa de No Ejecución»: Descartada por varias razones, como
no dar respuesta al interés social que despierta este proyecto, evitar la modernización de
regadíos o reducir la superficie regable prevista para la segunda fase del Canal de
Navarra.
Alternativa A: Mediante conducción enterrada. (Seleccionada).
Alternativa B: Correspondiente a la ejecución a cielo abierto.
cve: BOE-A-2024-22636
Verificable en https://www.boe.es
a.
Análisis técnico del expediente