III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22636)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Construcción de la segunda fase del Canal de Navarra (en Pitillas, Ujué, Santacara, Mélida, Valtierra, Arguedas, Tudela, Corella, Cintruénigo, Cascante y Tulebras y el territorio de Bardenas Reales de Navarra)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139539
incorporarse a clases superiores (zonas de alta calidad y fragilidad), cuando las
circunstancias lo aconsejen.
Las afecciones al paisaje se centran en la fase de construcción. Será necesaria la
apertura de una zanja a lo largo de toda la longitud de la conducción, que permanecerá
abierta de forma exclusiva durante la ejecución de los trabajos.
En fase de explotación, las conducciones una vez enterradas no son visibles por lo
que el impacto en esta variable se reduce a la presencia de las instalaciones derivadas
de las tomas, los caminos de acceso y servicio que se ejecuten con carácter permanente
y las zonas de depósito de excedentes de tierras que, por sus características, como
indica el promotor, no generarán una alteración del paisaje relevante. La mayor afección
será la derivada de la presencia de las balsas de Mostrakas y Tudela, para las que el
estudio prevé la revegetación de sus taludes.
El EsIA considera el proyecto compatible con el mantenimiento del paisaje.
Asimismo, no se han recibido alegaciones desfavorables en relación con este elemento
del medio ambiente, sin olvidar además que el proyecto cuenta con un plan de
restauración ambiental e integración paisajística.
b.9
Sinergias y efectos acumulativos.
El EsIA analiza las sinergias con otros proyectos del entorno, destacándose dos
especialmente: la autovía A-15 y las repotenciaciones de los parques eólicos Montes del
Cierzo, Montes del Cierzo I y Montes del Cierzo II. Con respecto al futuro trazado de la
autovía se producen tres cruzamientos, aunque se considerará dicha infraestructura para
minimizar las posibles afecciones e incluso se ha procurado que algunos tramos del
Canal de Navarra discurran en paralelo al futuro trazado.
Con respecto a los parques eólicos y en especial, al denominado Montes del Cierzo
II, fruto del trámite de información pública se han realizado ciertas modificaciones en
ambos proyectos con el objetivo de lograr su compatibilidad. En este sentido, una de las
alegaciones del trámite de información pública menciona el posible efecto llamada que la
futura balsa de Tudela pueda tener sobre la avifauna y la peligrosidad de su proximidad a
aerogeneradores. El promotor menciona en su respuesta, que en el programa de
vigilancia incluirá un seguimiento específico a la presencia de avifauna en el entorno de
la balsa durante la fase de explotación, con el objeto de identificar posibles afecciones y
adoptar, si fuera necesario, las medidas correctoras oportunas, aunque al existir más
zonas húmedas en las proximidades y dada la disposición de los aerogeneradores del
parque eólico, no considera que esto pueda suponer un problema significativo.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
De forma resumida, en función al análisis del EsIA se estima un riesgo escaso por:
sismicidad, desprendimiento y hundimiento, erosión, fenómenos meteorológicos
adversos, explosión e incendios industriales, por transporte de mercancías peligrosas,
así como por contaminación atmosférica y de la capa freática. Se estima un riesgo
tolerable en relación con las inundaciones y un riesgo moderado sobre los incendios
forestales.
El Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil del Departamento de
Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra no muestra disconformidad
al proyecto y se remite a la vigente norma de construcción sismoterrestre, aplicando para
la determinación de la aceleración sísmica el mapa actualizado en octubre de 2015. En
este sentido, la balsa de Tudela se considera «Construcción de Importancia Especial»
por lo que deberá disponer de un plan de emergencia de la presa y unas normas de
explotación antes de su puesta en servicio, lo cual se ha incluido específicamente en el
condicionado de la presente resolución.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
cve: BOE-A-2024-22636
Verificable en https://www.boe.es
c.
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 139539
incorporarse a clases superiores (zonas de alta calidad y fragilidad), cuando las
circunstancias lo aconsejen.
Las afecciones al paisaje se centran en la fase de construcción. Será necesaria la
apertura de una zanja a lo largo de toda la longitud de la conducción, que permanecerá
abierta de forma exclusiva durante la ejecución de los trabajos.
En fase de explotación, las conducciones una vez enterradas no son visibles por lo
que el impacto en esta variable se reduce a la presencia de las instalaciones derivadas
de las tomas, los caminos de acceso y servicio que se ejecuten con carácter permanente
y las zonas de depósito de excedentes de tierras que, por sus características, como
indica el promotor, no generarán una alteración del paisaje relevante. La mayor afección
será la derivada de la presencia de las balsas de Mostrakas y Tudela, para las que el
estudio prevé la revegetación de sus taludes.
El EsIA considera el proyecto compatible con el mantenimiento del paisaje.
Asimismo, no se han recibido alegaciones desfavorables en relación con este elemento
del medio ambiente, sin olvidar además que el proyecto cuenta con un plan de
restauración ambiental e integración paisajística.
b.9
Sinergias y efectos acumulativos.
El EsIA analiza las sinergias con otros proyectos del entorno, destacándose dos
especialmente: la autovía A-15 y las repotenciaciones de los parques eólicos Montes del
Cierzo, Montes del Cierzo I y Montes del Cierzo II. Con respecto al futuro trazado de la
autovía se producen tres cruzamientos, aunque se considerará dicha infraestructura para
minimizar las posibles afecciones e incluso se ha procurado que algunos tramos del
Canal de Navarra discurran en paralelo al futuro trazado.
Con respecto a los parques eólicos y en especial, al denominado Montes del Cierzo
II, fruto del trámite de información pública se han realizado ciertas modificaciones en
ambos proyectos con el objetivo de lograr su compatibilidad. En este sentido, una de las
alegaciones del trámite de información pública menciona el posible efecto llamada que la
futura balsa de Tudela pueda tener sobre la avifauna y la peligrosidad de su proximidad a
aerogeneradores. El promotor menciona en su respuesta, que en el programa de
vigilancia incluirá un seguimiento específico a la presencia de avifauna en el entorno de
la balsa durante la fase de explotación, con el objeto de identificar posibles afecciones y
adoptar, si fuera necesario, las medidas correctoras oportunas, aunque al existir más
zonas húmedas en las proximidades y dada la disposición de los aerogeneradores del
parque eólico, no considera que esto pueda suponer un problema significativo.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
De forma resumida, en función al análisis del EsIA se estima un riesgo escaso por:
sismicidad, desprendimiento y hundimiento, erosión, fenómenos meteorológicos
adversos, explosión e incendios industriales, por transporte de mercancías peligrosas,
así como por contaminación atmosférica y de la capa freática. Se estima un riesgo
tolerable en relación con las inundaciones y un riesgo moderado sobre los incendios
forestales.
El Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil del Departamento de
Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra no muestra disconformidad
al proyecto y se remite a la vigente norma de construcción sismoterrestre, aplicando para
la determinación de la aceleración sísmica el mapa actualizado en octubre de 2015. En
este sentido, la balsa de Tudela se considera «Construcción de Importancia Especial»
por lo que deberá disponer de un plan de emergencia de la presa y unas normas de
explotación antes de su puesta en servicio, lo cual se ha incluido específicamente en el
condicionado de la presente resolución.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
cve: BOE-A-2024-22636
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