III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22636)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Construcción de la segunda fase del Canal de Navarra (en Pitillas, Ujué, Santacara, Mélida, Valtierra, Arguedas, Tudela, Corella, Cintruénigo, Cascante y Tulebras y el territorio de Bardenas Reales de Navarra)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Viernes 1 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 139535

generación de polvo, el empeoramiento temporal de la calidad de las aguas superficiales
debido al arrastre de sólidos en suspensión, la eliminación de la cubierta vegetal y el
aumento del tránsito de vehículos, que incide negativamente en el desarrollo de la fauna
del entorno de manera indirecta.
También se producirá modificación o destrucción de hábitats por los desbroces y
despejes, el movimiento de tierras y las afecciones a los cursos de agua, así como a las
zonas donde se elimina vegetación por movimientos incontrolados de maquinaria o por
la construcción de accesos e instalaciones de obra.
La presencia de las excavaciones en zanja en la fase de obras supondrá un efecto
barrera para el paso de determinadas especies terrestres, que alterará de forma
temporal sus hábitos de campeo y alimentación, pero este efecto se mitigará a medida
que se vayan cerrando las zanjas de las conducciones. Por consiguiente, la alternativa
mediante conducción enterrada no generará peligros para las especies terrestres en
cuanto a caídas o ahogamientos, dado que la infraestructura no quedará ejecutada a
cielo abierto. Tampoco se producirá fragmentación de hábitats de forma permanente,
dado que, tras la finalización de los trabajos de construcción, el entorno quedará en un
estado similar al anterior al inicio de los trabajos.
Por otro lado, en la fase de explotación, la presencia de las líneas eléctricas de
suministro a las tomas puede suponer muertes por electrocución o por colisión de las
aves presentes en el ámbito del proyecto.
La Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y
Medio Ambiente del Gobierno de Navarra considera viable el proyecto siempre que se
adopten las medidas propuestas en su informe. El promotor ha aceptado la mayoría de
las medidas del informe y otras las ha rechazado, aportando una justificación. Las
medidas más destacadas aceptadas por el promotor son la imposición de limitaciones al
cronograma de actuaciones, en los periodos críticos de la fauna más sensible, como el
galápago europeo o el visón europeo, o la adopción de medidas para facilitar la salida de
la fauna que, potencialmente, pueda caer en la balsa de Mostrakas, entre otras.
Algunas de las medidas no aceptadas expresamente por el promotor han sido
incluidas en el condicionado de la presente resolución, en concreto, las relacionadas con
el soterramiento de determinados tramos de los tendidos eléctricos, o la exclusión de
ciertas zonas para su transformación en zonas regables, al ser necesarias para
garantizar la viabilidad ambiental del proyecto.
b.6

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

En base a las figuras definidas en Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios
Naturales de Navarra, en la zona de estudio se identifican varios «Monumentos
Naturales» tales como el «Nogal de Mélida» y las «Encinas de Corella» que según indica
el EsIA, no se verán afectados por las obras del proyecto.
Asimismo, a nivel autonómico, el trazado cruza los siguientes espacios:

Por otro lado, sin afección directa, en el área de estudio se encuentran los siguientes
espacios:
Enclave natural: Soto de Escueral.
Enclave natural: Soto de la Biona.
Enclave natural: Soto de Campollano.
Enclave natural: Soto Sequero.
Enclave natural: Soto Artica.
Enclave natural: Soto Arenales.

cve: BOE-A-2024-22636
Verificable en https://www.boe.es

Enclave natural: Sotos López-Val. Aunque según se indica en el expediente se evita
su afección al realizar el paso del río Ebro mediante hinca.
Enclave natural: Pinar de Santa Águeda.
Parque natural: Bardenas Reales.
Enclave natural: Sotos de Murillos de las Limas.