II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Personal laboral. (BOE-A-2024-22474)
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, mediante concurso-oposición, para la provisión de plaza de personal laboral, categoría de Jefe/a de mantenimiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de octubre de 2024
11.
Sec. II.B. Pág. 139121
Periodo de prueba
11.1 El contrato de trabajo preverá un periodo de prueba de dos meses, con arreglo
a lo señalado en el artículo 12 del X Convenio Colectivo del personal laboral al servicio
del Consejo General del Poder Judicial.
11.2 La superación del periodo de prueba se acreditará mediante certificación de
aptitud extendida por la Gerencia del Consejo con anterioridad a la finalización del
referido periodo de prueba.
11.3 Una vez superado el período de prueba satisfactoriamente, se adquirirá la
condición de personal laboral fijo.
11.4 Si el/la trabajador/a no obtuviera el certificado de aptitud se pondrá fin a la
relación laboral sin derecho a indemnización alguna.
11.5 En el supuesto anterior el puesto se adjudicará a la persona aspirante de la
relación a la que se refiere la base 8.1 con mayor puntuación, que estará también sujeta
a un periodo de prueba con las condiciones expuestas hasta ahora.
12.
Recursos
Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer
recurso de reposición ante el Pleno del Consejo, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial,
Isabel Perelló Doménech.
ANEXO I
Núm. de plazas: 1.
Localización del puesto: Madrid.
Denominación del puesto: Jefatura de Mantenimiento.
Funciones del puesto:
Trabajador que con la titulación adecuada tiene las siguientes funciones:
– Supervisar, controlar y coordinar el trabajo del personal de mantenimiento y
limpieza.
– Controlar y supervisar el estado del edificio, equipos, elementos e instalaciones
(climatización, electricidad, fontanería, audiovisuales, telefonía y datos, PCI, mobiliario, etc.).
– Realizar tareas administrativas y gestionar compras en todo lo concerniente al
mantenimiento y la conservación de las instalaciones y equipos del Consejo. Gestión de
inventario y almacén.
Grupo profesional: 3.
Sueldo base anual: 19.109,30 euros en 14 pagas.
Plus convenio anual: 21.665,04 euros en 12 pagas.
cve: BOE-A-2024-22474
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263
Jueves 31 de octubre de 2024
11.
Sec. II.B. Pág. 139121
Periodo de prueba
11.1 El contrato de trabajo preverá un periodo de prueba de dos meses, con arreglo
a lo señalado en el artículo 12 del X Convenio Colectivo del personal laboral al servicio
del Consejo General del Poder Judicial.
11.2 La superación del periodo de prueba se acreditará mediante certificación de
aptitud extendida por la Gerencia del Consejo con anterioridad a la finalización del
referido periodo de prueba.
11.3 Una vez superado el período de prueba satisfactoriamente, se adquirirá la
condición de personal laboral fijo.
11.4 Si el/la trabajador/a no obtuviera el certificado de aptitud se pondrá fin a la
relación laboral sin derecho a indemnización alguna.
11.5 En el supuesto anterior el puesto se adjudicará a la persona aspirante de la
relación a la que se refiere la base 8.1 con mayor puntuación, que estará también sujeta
a un periodo de prueba con las condiciones expuestas hasta ahora.
12.
Recursos
Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer
recurso de reposición ante el Pleno del Consejo, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial,
Isabel Perelló Doménech.
ANEXO I
Núm. de plazas: 1.
Localización del puesto: Madrid.
Denominación del puesto: Jefatura de Mantenimiento.
Funciones del puesto:
Trabajador que con la titulación adecuada tiene las siguientes funciones:
– Supervisar, controlar y coordinar el trabajo del personal de mantenimiento y
limpieza.
– Controlar y supervisar el estado del edificio, equipos, elementos e instalaciones
(climatización, electricidad, fontanería, audiovisuales, telefonía y datos, PCI, mobiliario, etc.).
– Realizar tareas administrativas y gestionar compras en todo lo concerniente al
mantenimiento y la conservación de las instalaciones y equipos del Consejo. Gestión de
inventario y almacén.
Grupo profesional: 3.
Sueldo base anual: 19.109,30 euros en 14 pagas.
Plus convenio anual: 21.665,04 euros en 12 pagas.
cve: BOE-A-2024-22474
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263