II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Personal laboral. (BOE-A-2024-22474)
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, mediante concurso-oposición, para la provisión de plaza de personal laboral, categoría de Jefe/a de mantenimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Jueves 31 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 139119

6.10 La comisión de selección tendrá la categoría segunda de las previstas en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
6.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la comisión de selección
tendrá su sede en la Gerencia del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de
la Ensenada, núm. 8 de Madrid (gerencia.upersonal@cgpj.es).
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El sistema selectivo será el de concurso-oposición, con las valoraciones,
pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en este apartado y en los anexos
correspondientes.
7.2 Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas quedarán automáticamente
excluidos del proceso de selección.
7.3 La valoración de la fase de concurso y la calificación en la fase de oposición las
llevará a cabo la comisión de selección que se indica en la base 6.
7.4 Las comunicaciones y notificaciones a los aspirantes se llevarán a cabo a
través de la dirección de correo electrónico que los participantes indiquen en su solicitud
de participación en las pruebas.
7.5 Fase de concurso.
i) En la fase de concurso, que no tiene carácter eliminatorio, la comisión de
selección valorará los méritos profesionales y los académicos, así como las
circunstancias personales, solamente si han sido debidamente acreditadas y justificadas
en el momento de presentar la solicitud de participación, puntuándolas con arreglo al
baremo contenido en el anexo II.
ii) Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la relación
definitiva de aspirantes admitidos, la comisión de selección publicará en la página web
www.poderjudicial.es las puntuaciones obtenidas por cada candidato en esta fase de
concurso, en función de los méritos y circunstancias alegados y documentalmente
acreditados de forma suficiente, estableciéndose un plazo de diez días naturales durante
los cuales los interesados podrán solicitar por escrito la subsanación de los errores que
eventualmente hubieran podido producirse. Durante este plazo no se podrá aportar
nueva documentación para su incorporación a la solicitud inicialmente presentada,
aunque hubiera sido alegada por la persona participante en el proceso.
iii) Transcurrido este último plazo, la comisión de selección hará pública la
puntuación definitiva de la fase de Concurso de cada uno de los aspirantes y hará el
llamamiento a la fase de oposición.
7.6

Fase de oposición.

i) La fase de oposición constará de los ejercicios que se detallan en el anexo III,
cuya realización podrá tener lugar en el mismo día o en días diferentes, según acuerde
la comisión de selección. Para superar cada uno de los ejercicios de esta fase será
necesario obtener al menos el cincuenta por ciento de la puntuación máxima que para
cada uno de ellos se indica en el referido anexo.
Calificación del concurso-oposición.

i) La calificación total del concurso-oposición, sólo se producirá si se ha superado la
oposición y será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en ambas fases del
proceso selectivo.
ii) En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
del primer ejercicio de la fase oposición.

cve: BOE-A-2024-22474
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