III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Puertos. (BOE-A-2024-22413)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la Ordenanza portuaria reguladora de la circulación por la zona de servicio de los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Miércoles 30 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138822

Hecho denunciado

Importe

Euros

Norma

Artículo

ORC

11

A menos de 2 metros del cantil del muelle.

150

ORC

11

Cuando se obstaculice el acceso o salida de personas a inmuebles o se impida la utilización de la salida de
vehículos de un inmueble debidamente señalizado.

150

ORC

11

En medio de la calzada, salvo que esté expresamente autorizado.

150

ORC

11

En zona reservada para carga y descarga de mercancía, o para vehículos de transporte público y/o colectivo
que transporten personas que se dirijan a embarcar o hayan procedido a desembarcar de embarcaciones que
presten servicios comerciales en los puertos, debidamente señalizada, en los días y horas en que está en
vigor la reserva.

150

ORC

11

En espacios expresamente reservados a servicios de urgencia y seguridad.

150

ORC

11

En zona reservada para uso exclusivo de minusválidos, sin exhibir la correspondiente tarjeta o haciendo uso
indebido de la correspondiente tarjeta, en concepto de utilización por persona diferente a su titular o por otro
conductor sin acompañar al titular.

150

ORC

11

En zona reservada para vehículos de servicio público u organismos oficiales.

150

ORC

11

Excediendo de los límites del perímetro de la zona de estacionamiento autorizado con señalización horizontal
en el pavimento.

150

ORC

11

Remolques o elementos similares de transporte sin vehículo portador, salvo autorización expresa de la
Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

150

ORC

11

En el arcén.

150

ORC

11

Sobre las aceras, plazas peatonales o zonas verdes públicas, especialmente en el caso de las motocicletas,
las cuales deberán estacionar entre otros vehículos de forma que no impida el normal acceso a los mismos ni
dificultar la maniobra de salida.

150

ORC

11

En aquellos otros lugares que, sin estar expresamente incluido en los apartados anteriores, constituya un
peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.

150

ORC

11

En sentido contrario a la marcha de circulación.

150

ORC

11

Incremento por estacionamiento indebido por espacio superior a veinticuatro horas.

50 euros/día

Tránsito peatonal
Artículo

ORC

12

Realizar actividades en las aceras, pasos, calzadas, arcenes y en general en zonas contiguas a la calzada
que objetivamente puedan perturbar el paso a otros viandantes, especialmente niños, ancianos, personas de
movilidad reducida o con discapacidad.

100

ORC

12

Cruzar un paso de peatones regulado por semáforos, desobedeciendo las indicaciones de las luces,
penetrando en el mismo antes que la señal lo autorice.

100

ORC

12

Cruzar un paso de peatones regulado por Policía, desobedeciendo las indicaciones del Agente.

100

ORC

12

Cruzar un paso de peatones regulado por semáforos, desobedeciendo las indicaciones de las luces,
penetrando en el mismo antes que la señal lo autorice y causando un perjuicio a la circulación de vehículos.

200

cve: BOE-A-2024-22413
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Hecho denunciado

Importe

Euros

Norma