I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-22306)
Real Decreto 1103/2024, de 29 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a FIRA CCIB, SL, para la coordinación y organización del Foro Global contra el Racismo y las Discriminaciones de la UNESCO 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Miércoles 30 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 138493

propuesta se considera plenamente respetuosa con el reparto constitucional de
competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.
Con fecha 1 de octubre de 2024, el Consejo de Ministros autorizó la tramitación
administrativa urgente del real decreto de conformidad con lo previsto en el
artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Durante la tramitación de este real decreto se ha recabado el informe preceptivo del
Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el informe del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, en
virtud del artículo 26.5, párrafo sexto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Igualdad, con la aprobación previa del
Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de octubre de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de
carácter singular a FIRA CCIB, SL para la coordinación y organización de Foro Global
contra el Racismo y las Discriminaciones 2024, en aplicación de lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por
concurrir razones de interés público, social, económico y cultural debidamente
justificadas que dificultan su convocatoria pública.
Las subvenciones incluidas en este real decreto contribuyen a avanzar en el logro de
los objetivos de la política ejercida por el Ministerio de Igualdad, alineándose con el eje III
del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026 del departamento y
contribuyendo al logro del objetivo número 7 sobre promover medidas dirigidas al
racismo estructural, a través de la formulación de iniciativas y actividades de
sensibilización social.
Artículo 2.

Régimen jurídico aplicable.

Esta subvención se regirá, además de por lo dispuesto en este real decreto y en la
resolución de concesión, por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, su
reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que
afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así como en las demás normas de
derecho administrativo que resulten de aplicación.

1. Será beneficiaria de esta subvención la entidad pública FIRA CCIB, SL, para la
coordinación y organización del Foro Global contra el Racismo y las
Discriminaciones 2024. A este fin, la entidad pública FIRA CCIB, SL llevará a cabo la
organización y coordinación del evento, que podrá incluir, entre otras, actividades tales
como la gestión de espacios, la logística general del evento, la retransmisión y demás
actividades audiovisuales, así como las actividades culturales desarrolladas en el marco
del evento.
2. El importe total máximo de la subvención regulada en el presente real decreto
ascenderá a 250.000 euros, con el régimen de pago que se recoge en el artículo 9.
Artículo 4.

Gastos subvencionables.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente
necesarios para la ejecución de la coordinación y organización del Foro Global contra el

cve: BOE-A-2024-22306
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. Entidad beneficiaria, actividad subvencionable y cuantía.