III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-22283)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Comunitat Valenciana, para la seguridad en los edificios de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Martes 29 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138307

Dicha misión puede ser ejercida por personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación
de reserva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93.8 de la Ley 24/2014, de 28 de
noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. A tal efecto, establece que dicho
personal se encuentra a disposición del Ministro del Interior para el cumplimiento de
funciones policiales cuando razones de seguridad ciudadana lo requieran.
Séptimo.
Por razones de eficacia y, al no disponer de los medios técnicos ni personales
idóneos para su desempeño, la Comunitat Valenciana considera conveniente conferir al
Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Guardia Civil, una
encomienda de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que establece que «la realización de actividades de carácter
material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades
de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho
Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias
estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios
técnicos idóneos para su desempeño».
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda de gestión
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Ámbito de aplicación subjetivo.
Son partes del presente convenio de encomienda de gestión la Conselleria de
Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana como órgano encomendante, y la
Dirección General de la Guardia Civil, como órgano encomendado.
Segunda.

Objeto de la encomienda.

La encomienda de gestión a que se refiere el presente convenio tiene por objeto
establecer y regular la participación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en
situación de reserva, en las misiones de vigilancia y protección de edificios e instalaciones
de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 11.1.c) y 37.3 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo.
Tercera.

Titularidad de las actividades encomendadas.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, esta
encomienda no supone la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos
sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano encomendante dictar
cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la
concreta actividad material objeto de encomienda.
Compromisos del Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil).

1. La Dirección General de la Guardia Civil, en el marco de la colaboración definida
en la presente encomienda de gestión, se compromete a:
Constituir en la Comunitat Valenciana unidades específicas de la Guardia Civil con
personal en situación de reserva, para la prestación de los servicios de vigilancia y
protección de los edificios e instalaciones judiciales radicados en la Comunidad Autónoma a

cve: BOE-A-2024-22283
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Cuarta.