II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2024-22165)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 137771
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española y aquellas que
tengan otra nacionalidad además de la española deberán presentar la certificación negativa
del Registro Central de Delincuentes Sexuales, así como acreditar la certificación negativa
de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean
nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real
Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de
Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua
castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor
jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
d) Toda la documentación justificativa para la valoración de los méritos a los que se
hace referencia en el anexo II de esta convocatoria.
Estos méritos deberán relacionarse adecuadamente en los apartados que a tal efecto
figuran en la solicitud de participación. Únicamente se tomarán en consideración
aquellos méritos que estén perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y sean debidamente justificados mediante la documentación
que se determina en dicho anexo II.
En todo caso, la Administración podrá solicitar cuando así lo considere, el cotejo de
la documentación aportada, para lo que podrá requerir la exhibición de los documentos
originales.
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la base primera, apartado B, de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel C1, correspondiente al nivel C1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas alemán, francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el
idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Certificado de Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre.
– Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica y cuando el citado título tenga la declaración de equivalencia correspondiente
o esté homologado por el Departamento Ministerial competente.
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel B2, correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se tendrán en cuenta
las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Título de Maestro/a o equivalente, especialidad Filología en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
cve: BOE-A-2024-22165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 137771
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española y aquellas que
tengan otra nacionalidad además de la española deberán presentar la certificación negativa
del Registro Central de Delincuentes Sexuales, así como acreditar la certificación negativa
de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean
nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real
Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de
Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua
castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor
jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
d) Toda la documentación justificativa para la valoración de los méritos a los que se
hace referencia en el anexo II de esta convocatoria.
Estos méritos deberán relacionarse adecuadamente en los apartados que a tal efecto
figuran en la solicitud de participación. Únicamente se tomarán en consideración
aquellos méritos que estén perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y sean debidamente justificados mediante la documentación
que se determina en dicho anexo II.
En todo caso, la Administración podrá solicitar cuando así lo considere, el cotejo de
la documentación aportada, para lo que podrá requerir la exhibición de los documentos
originales.
e) Documentación justificativa del requisito específico de conocimiento de idioma a
que se refiere la base primera, apartado B, de esta convocatoria. Este requisito se
acreditará mediante alguno de los títulos académicos o certificados que se indican a
continuación:
1) Para acreditar un nivel C1, correspondiente al nivel C1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas, en los idiomas alemán, francés e inglés,
únicamente se tendrán en cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el
idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
– Certificado de Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre.
– Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica y cuando el citado título tenga la declaración de equivalencia correspondiente
o esté homologado por el Departamento Ministerial competente.
– Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requerido para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
2) Para acreditar el nivel B2, correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se tendrán en cuenta
las titulaciones o certificaciones siguientes:
– Título de Maestro/a o equivalente, especialidad Filología en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
– Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
cve: BOE-A-2024-22165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260