II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2024-22165)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de octubre de 2024
Méritos
2.2 Puestos en las Administraciones educativas.
2.2.1 Por cada año en puestos no docentes de nivel 26 o superior de
las Administraciones educativas o en la Inspección de Educación,
siempre que se corresponda con un nivel superior al del cuerpo por el
que se participa.
2.2.2 Por cada año como asesor técnico o asesora técnica docente en
puestos de las Administraciones educativas.
2.3 Participación en programas y proyectos.
Puntos
Sec. II.B. Pág. 137783
Documentación justificativa
Hasta 2,00
0,25
Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o
certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste
que este curso se continúa en el mismo.
0,20
Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o
certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste
que este curso se continúa en el mismo.
Hasta 1,50
2.3.1 Por cada año académico como profesor o profesora en
programas o proyectos de mejora e innovación educativa aprobados
por las Administraciones educativas, en los que se haya participado a
partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.2 Por cada año académico como profesor o profesora de
enseñanza-aprendizaje integrado de lenguas y contenido (AICLE/
CLIL).
0,10
2.3.3 Por cada año académico como profesor o profesora de
enseñanzas impartidas, en su totalidad o en parte, a través de
plataformas educativas o sistemas de gestión del aprendizaje, en
programas aprobados por las Administraciones educativas, en los que
se haya participado a partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.4 Por cada año académico de participación en proyectos relativos
a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones
aprobados por las Administraciones educativas, en los que se haya
participado a partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.5 Por cada año académico de participación en proyectos
educativos europeos de niveles no universitarios dentro del marco de
los programas educativos de la Comisión Europea, en los que se haya
participado a partir del 1 de septiembre de.2003.
Por este apartado se valorará la participación en proyectos educativos
anuales o plurianuales correspondientes a los siguientes programas:
− Programa Sócrates II: acciones Comenius, Grundtvig, Lingua,
Minerva y Leonardo.
− Programa de Aprendizaje Permanente: asociaciones de los
programas sectoriales Comenius, Leonardo y Grundtvig, y proyectos
de movilidad Leonardo.
− Programa Erasmus +: proyectos de movilidad para el aprendizaje
KA1 y asociaciones estratégicas KA2.
0,10
2.3.6 Por cada año académico de participación en los siguientes
programas en el exterior promovidos por este Ministerio: profesorado
visitante, intercambio «puesto por puesto», auxiliares de conversación
y profesorado en Secciones Bilingües de países de Europa central y
oriental, Rusia y China.
0,10
Documento justificativo expedido por la Administración
educativa española correspondiente o con su visto bueno
expreso, en el que consten las características descritas en
la columna «MÉRITOS» y la duración de la participación en
el programa o proyecto.
Certificado expedido por la Administración educativa
española correspondiente o con su visto bueno expreso, en
el que consten las características descritas en la columna
«MÉRITOS» y la duración de la participación en el
programa o proyecto.
Certificado expedido por este Ministerio en el que conste la
duración de la participación en el programa.
En relación con los méritos del subapartado 2.2.2, la documentación justificativa deberá especificar claramente la especialidad y el idioma en los
que se ha impartido la enseñanza-aprendizaje integrado de lenguas y contenido (AICLE/CLIL).
A los efectos de la justificación de los méritos de los subapartados 2.3.1 a 2.3.5, no se considerarán los documentos emitidos por los centros
docentes. Los certificados indicados en el apartado documentación justificativa deberán recoger las características que se describen en el apartado
de méritos para cada uno de los subapartados haciendo constar en los certificados presentados el cumplimiento de los requisitos exigidos. Se
tendrán en consideración aquellas certificaciones en las que se indique que se ha participado en calidad de participante, coordinador o cualquier
otra figura análoga a las anteriores.
Solo se valorará la participación en programas y proyectos impartidos en las enseñanzas que corresponde impartir a los cuerpos docentes que se
ordenan en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
cve: BOE-A-2024-22165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Méritos
2.2 Puestos en las Administraciones educativas.
2.2.1 Por cada año en puestos no docentes de nivel 26 o superior de
las Administraciones educativas o en la Inspección de Educación,
siempre que se corresponda con un nivel superior al del cuerpo por el
que se participa.
2.2.2 Por cada año como asesor técnico o asesora técnica docente en
puestos de las Administraciones educativas.
2.3 Participación en programas y proyectos.
Puntos
Sec. II.B. Pág. 137783
Documentación justificativa
Hasta 2,00
0,25
Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o
certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste
que este curso se continúa en el mismo.
0,20
Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o
certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste
que este curso se continúa en el mismo.
Hasta 1,50
2.3.1 Por cada año académico como profesor o profesora en
programas o proyectos de mejora e innovación educativa aprobados
por las Administraciones educativas, en los que se haya participado a
partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.2 Por cada año académico como profesor o profesora de
enseñanza-aprendizaje integrado de lenguas y contenido (AICLE/
CLIL).
0,10
2.3.3 Por cada año académico como profesor o profesora de
enseñanzas impartidas, en su totalidad o en parte, a través de
plataformas educativas o sistemas de gestión del aprendizaje, en
programas aprobados por las Administraciones educativas, en los que
se haya participado a partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.4 Por cada año académico de participación en proyectos relativos
a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones
aprobados por las Administraciones educativas, en los que se haya
participado a partir del 1 de septiembre de 2003.
0,10
2.3.5 Por cada año académico de participación en proyectos
educativos europeos de niveles no universitarios dentro del marco de
los programas educativos de la Comisión Europea, en los que se haya
participado a partir del 1 de septiembre de.2003.
Por este apartado se valorará la participación en proyectos educativos
anuales o plurianuales correspondientes a los siguientes programas:
− Programa Sócrates II: acciones Comenius, Grundtvig, Lingua,
Minerva y Leonardo.
− Programa de Aprendizaje Permanente: asociaciones de los
programas sectoriales Comenius, Leonardo y Grundtvig, y proyectos
de movilidad Leonardo.
− Programa Erasmus +: proyectos de movilidad para el aprendizaje
KA1 y asociaciones estratégicas KA2.
0,10
2.3.6 Por cada año académico de participación en los siguientes
programas en el exterior promovidos por este Ministerio: profesorado
visitante, intercambio «puesto por puesto», auxiliares de conversación
y profesorado en Secciones Bilingües de países de Europa central y
oriental, Rusia y China.
0,10
Documento justificativo expedido por la Administración
educativa española correspondiente o con su visto bueno
expreso, en el que consten las características descritas en
la columna «MÉRITOS» y la duración de la participación en
el programa o proyecto.
Certificado expedido por la Administración educativa
española correspondiente o con su visto bueno expreso, en
el que consten las características descritas en la columna
«MÉRITOS» y la duración de la participación en el
programa o proyecto.
Certificado expedido por este Ministerio en el que conste la
duración de la participación en el programa.
En relación con los méritos del subapartado 2.2.2, la documentación justificativa deberá especificar claramente la especialidad y el idioma en los
que se ha impartido la enseñanza-aprendizaje integrado de lenguas y contenido (AICLE/CLIL).
A los efectos de la justificación de los méritos de los subapartados 2.3.1 a 2.3.5, no se considerarán los documentos emitidos por los centros
docentes. Los certificados indicados en el apartado documentación justificativa deberán recoger las características que se describen en el apartado
de méritos para cada uno de los subapartados haciendo constar en los certificados presentados el cumplimiento de los requisitos exigidos. Se
tendrán en consideración aquellas certificaciones en las que se indique que se ha participado en calidad de participante, coordinador o cualquier
otra figura análoga a las anteriores.
Solo se valorará la participación en programas y proyectos impartidos en las enseñanzas que corresponde impartir a los cuerpos docentes que se
ordenan en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
cve: BOE-A-2024-22165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260