I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Sector ferroviario. (BOE-A-2024-22141)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Reglamento de determinación de los cánones ferroviarios de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Lunes 28 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 137616

puntos de carga titularidad de los administradores generales de infraestructuras, que
incluye la utilización de vías de carga y descarga de mercancías.
Para la utilización de estas instalaciones de servicio, se precisará de la obtención de
capacidad en la instalación, que será requerida por el obligado al pago al administrador
de infraestructuras ferroviarias.
El catálogo de puntos de carga disponibles, las características de sus componentes
básicos y equipamiento se publicará en la Declaración sobre la Red.
2. La cuota íntegra de esta modalidad será la resultante de computar el importe por
utilización de la vía completa autorizada, el componente asociado al uso de la franja de
superficie paralela a vía (playa), el importe asociado al equipamiento con el que está
dotado esa vía y el importe del equipamiento opcional solicitado, aplicando el importe
unitario de cada concepto por las unidades correspondientes, prorrateando para el
periodo solicitado y afectado por el coeficiente de rendimiento establecido.
El importe se calculará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Canonc = (Cbase + Cequipamiento) × T × K
Donde:
Cbase = (Longitud de la vía × Cvía) + (Longitud de catenaria × Ccatenaria)
+ (n.º desvíos × Cdesvío) + (Longitud de playa × Cpavimento)
La cuantía mínima del canon para esta modalidad será el equivalente al de un
periodo mínimo de uso de 8 horas.
Canon por utilización de puntos de carga titularidad de los administradores generales
de infraestructura (modalidad C)
Componentes base
C vía.

5,6721 euros/m de vía-año.

C catenaria.

1,9173 euros/m de catenaria-año.

C desvío tipo I (manual).

592,9928 euros/ud-año.

C desvío tipo II (telemandado).

2.274,2517 euros/ud-año.

C Playa Tipo I (hormigón/adoquín).

20,3070 euros/m-año.

C Playa Tipo II (aglomerado).

11,7936 euros/m-año.

C Playa Tipo III (zahorras).

5,4506 euros/m-año.

C pasillo entrevías.

1,2506 euros/m de vía-año.

C Iluminación vía.

1,4364 euros/m de vía-año.

C Iluminación playa.

2,1273 euros/m de vía-año.

C Red de protección contra incendios.

6,2507 euros/m de vía-año.

C Muelle de carga/descarga.

55,1145 euros/m de vía-año.

Componentes de equipamiento opcionales
C Bandeja recogida grasas.

547,5918 euros/ud-año.

C Bandeja recogida carburante.

861,0515 euros/ud-año.

C Escaleras de acceso a cabina.

21,9923 euros/ud-año.

C Foso-piquera de descarga.

123,9525 euros/ud-año.

cve: BOE-A-2024-22141
Verificable en https://www.boe.es

Componentes de equipamiento asociados a la vía