III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-22184)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Red Universal de Marketing y Bookings Online, SAU.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Lunes 28 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137987

sobre las nuevas tecnologías que la propia organización y dinámica de la empresa vayan
introduciendo continuamente y que resulten necesarios para el correcto y eficiente
desarrollo del trabajo.
La empresa facilitará la formación a las personas trabajadoras utilizando los medios
propios o externos a través de los programas formativos, aprobados de manera conjunta
por patronales y organizaciones sindicales en el seno de la Comisión Mixta Paritaria de
Agencias de Viaje de la FUNDAE o a través de las organizaciones sindicales y/o centros
reconocidos en la red de centros integrados por el sistema nacional de empleo.
2.

Objeto de la formación:

La formación siempre irá vinculada al propio puesto de trabajo de cada persona
trabajadora y a las necesidades de la empresa en cada momento y orientada en todo
caso, a los siguientes objetivos:
a) Actualización y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en el
Grupo Profesional y puesto de trabajo.
b) Especialización, en sus diversos grados, en algún sector o materia del trabajo
individual.
c) Ampliación de los conocimientos de las personas trabajadoras para el mejor
desarrollo de su trabajo.
d) Fomento de la profesionalización y preparación de la función de gestión en el
colectivo de Supervisores y Team Leaders en RUMBO.
e) Capacitar a las personas trabajadoras para facilitar y fomentar su desarrollo
profesional dentro de la empresa.
3.

Características:

Para todo lo relativo a las solicitudes, análisis, aprobación y organización de los
programas formativos se estará a lo dispuesto en la política de formación establecida
para todo el grupo y a las guías internas relativas a formación y desarrollo profesional a
nivel de grupo dispuestas en el Career Journey y en la política interna de formación.
CAPÍTULO V
Contratación
Artículo 13.

Contratación y finiquitos.

Remisión al artículo 13 del CC de Agencias de Viaje.
Artículo 14.

Contrato de trabajo de duración determinada.

Remisión al artículo 14 del CC de Agencias de Viaje.
Artículo 15.

Dimisiones.

CAPÍTULO VI
Organización del trabajo
Artículo 16.

Regulación del teletrabajo.

Se aplicarán las políticas generales internas existentes a nivel de grupo que
disponen la existencia de 3 modalidades contractuales:
– Contratos presenciales en los que no está permitido el teletrabajo.

cve: BOE-A-2024-22184
Verificable en https://www.boe.es

Remisión al artículo 15 del CC de Agencias de Viaje.