III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-22122)
Resolución 420/38421/2024, de 18 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Cantabria, para promover e impulsar la formación profesional inicial en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Sábado 26 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137429
ANEXO
Programa de formación
La estructura de los ciclos formativos vendrá reflejada en las órdenes de currículos
que desarrollan los títulos de técnico y técnico superior en la Comunidad Autónoma de
Cantabria, que incluirán los módulos profesionales asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, el módulo de
Formación y Orientación Laboral, el módulo de Centros de trabajo e Iniciativa
Emprendedora, el módulo de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, el módulo
de Proyecto. El contenido del programa formativo se desarrollará por las partes,
alcanzando como mínimo un 33 % de las horas de formación establecidas en el título con
participación del CCFAS, pudiendo el ciclo formativo ampliar su duración hasta tres años.
En todo caso, el programa formativo garantizará la adquisición de los resultados de
aprendizaje de los módulos profesionales incluidos en el programa, y deberá contener
para cada uno de ellos, los siguientes aspectos:
a)
b)
c)
d)
Actividades a realizar en el centro educativo y en el CCFAS.
Duración de las mismas.
Criterios de evaluación.
Criterios de calificación.
Número de alumnos participantes
Podrán participar en los proyectos de Formación Profesional Dual los alumnos que
en cada caso acuerden el CCFAS y el centro educativo, sin que en ningún caso pueda
sobrepasarse el número máximo de 30 alumnos por ciclo formativo y curso escolar.
Jornada y horario en el Centro Educativo y en el CCFAS
La jornada y horario en el centro educativo y en el CCFAS se fijarán por ambas
partes.
Condiciones
Alumnos:
– Ir provisto en todo momento de DNI y tarjeta de identificación del centro educativo.
– Seguir las normas fijadas por el CCFAS, especialmente las referidas a la
prevención de riesgos laborales.
– Aplicar y cumplir las tareas que se le encomienden por parte del CCFAS, de
acuerdo con la programación establecida, respetando el régimen interno de
funcionamiento de la misma.
– Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.
– Profesores:
Los profesores de los ciclos formativos de las familias profesionales que se
desarrollen se comprometen a:
– Concretar para cada uno de los alumnos participantes y en colaboración con el
profesor tutor del centro educativo y el tutor del CCFAS, la programación de las
actividades formativas del programa de formación.
cve: BOE-A-2024-22122
Verificable en https://www.boe.es
Los alumnos desarrollarán las actividades formativas programadas en los locales del
centro educativo y en los del CCFAS.
Los alumnos participantes estarán sujetos durante su estancia en el CCFAS a las
siguientes obligaciones:
Núm. 259
Sábado 26 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137429
ANEXO
Programa de formación
La estructura de los ciclos formativos vendrá reflejada en las órdenes de currículos
que desarrollan los títulos de técnico y técnico superior en la Comunidad Autónoma de
Cantabria, que incluirán los módulos profesionales asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, el módulo de
Formación y Orientación Laboral, el módulo de Centros de trabajo e Iniciativa
Emprendedora, el módulo de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, el módulo
de Proyecto. El contenido del programa formativo se desarrollará por las partes,
alcanzando como mínimo un 33 % de las horas de formación establecidas en el título con
participación del CCFAS, pudiendo el ciclo formativo ampliar su duración hasta tres años.
En todo caso, el programa formativo garantizará la adquisición de los resultados de
aprendizaje de los módulos profesionales incluidos en el programa, y deberá contener
para cada uno de ellos, los siguientes aspectos:
a)
b)
c)
d)
Actividades a realizar en el centro educativo y en el CCFAS.
Duración de las mismas.
Criterios de evaluación.
Criterios de calificación.
Número de alumnos participantes
Podrán participar en los proyectos de Formación Profesional Dual los alumnos que
en cada caso acuerden el CCFAS y el centro educativo, sin que en ningún caso pueda
sobrepasarse el número máximo de 30 alumnos por ciclo formativo y curso escolar.
Jornada y horario en el Centro Educativo y en el CCFAS
La jornada y horario en el centro educativo y en el CCFAS se fijarán por ambas
partes.
Condiciones
Alumnos:
– Ir provisto en todo momento de DNI y tarjeta de identificación del centro educativo.
– Seguir las normas fijadas por el CCFAS, especialmente las referidas a la
prevención de riesgos laborales.
– Aplicar y cumplir las tareas que se le encomienden por parte del CCFAS, de
acuerdo con la programación establecida, respetando el régimen interno de
funcionamiento de la misma.
– Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.
– Profesores:
Los profesores de los ciclos formativos de las familias profesionales que se
desarrollen se comprometen a:
– Concretar para cada uno de los alumnos participantes y en colaboración con el
profesor tutor del centro educativo y el tutor del CCFAS, la programación de las
actividades formativas del programa de formación.
cve: BOE-A-2024-22122
Verificable en https://www.boe.es
Los alumnos desarrollarán las actividades formativas programadas en los locales del
centro educativo y en los del CCFAS.
Los alumnos participantes estarán sujetos durante su estancia en el CCFAS a las
siguientes obligaciones: