V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-38523)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «Línea Eléctrica de Alta Tensión 220 kV "SET TURRO" a "ENTRONQUE LAT LAGUNA - C.S. PROMOTORES ATARFE" para Evacuación de los Parques Solares Fotovoltaicos Granada Solar 165, 166 y 167», situada en los términos municipales de Cacín, Chimeneas, Moraleda de Zafayona, Pinos Puente, Íllora y Atarfe (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. V-B. Pág. 59988

Igualmente, se recibieron otros escritos de alegaciones sin firmar, por lo que no
deben ser considerados en esta resolución, si bien, al reproducir cada uno de ellos
las manifestaciones vertidas por los demás alegantes aquí referidas, podrían
considerarse contestadas en los términos expuestos, así como, cualquier otro
escrito de alegaciones presentado en similares términos y que, por error u omisión,
no haya sido relacionado.
Por último, se recibió escrito de alegaciones presentado por Francisco
Fernández-Fígares Ibáñez y Rafael Fernández-Fígares Ibáñez, diciendo actuar,
además de en su nombre, en representación de otros. En el mismo manifiestan, en
síntesis, que han presentado un recurso de alzada contra la resolución de
autorización administrativa previa y de construcción del proyecto motivado por las
que consideran diversas deficiencias en el procedimiento tramitado, así como, que
contraviene la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del
Territorio de Andalucía. Alega, igualmente, el incumplimiento del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, de la normativa de aplicación en el municipio de
Íllora y del Plan de Protección del Medio Físico de Granada y de la Innovación del
PGOU de Íllora con expediente número ILLU191319 del año 2022. Así mismo,
manifiesta que el trazado de la línea afecta a un huerto y a un edificio preexistente,
así como, a fincas con arrendamientos para cultivos de regadío intensivo.
Dicho escrito fue remitido a la beneficiaria, que contestó por escrito rechazando
los motivos esgrimidos por los interesados. Principalmente, indica que el trazado
actual es el resultado de una modificación del inicial, separándose en la «máxima
distancia posible del núcleo de población (…), habiendo sido expuesto al público
como exige la normativa de aplicación, con el consiguiente cumplimiento del
procedimiento establecido». Añade que «Pues bien, sobre la supuesta afección del
trazado previsto a los suelos de vega protegidos por el Plan Especial de Protección
del Medio Físico de Granada y por la normativa urbanística municipal, cabe indicar
que, con fecha 29 de octubre de 2021, los Servicios Técnicos Municipales del
Ayuntamiento de Íllora emitieron informe urbanístico favorable, reflejando la
compatibilidad del Proyecto con la normativa urbanística de aplicación en el
Municipio, quedando sujeto a lo previsto en el "Plan Especial de Protección del
Medio Físico de Granada" dentro del cual la línea de evacuación recorre terrenos
pertenecientes al Paisaje Agrícola Singular AG14 "Vega de Loja – Huétor –
Lachar", siendo las obras para la instalación de infraestructuras un uso
considerado compatible en este tipo de terrenos y habiéndose llevado a cabo un
Estudio de Impacto Ambiental que atiende a lo establecido a la Norma 23 de dicho
Plan.
De esta manera, debe afirmarse que el Proyecto ofrece pleno cumplimiento a
lo establecido en la mencionada Norma 23, actualmente vigente, para la
realización de obras para la instalación de infraestructuras, sin que sean de
aplicación las limitaciones planteadas por los Alegantes conforme a una normativa
que, como se indica en la Alegación Cuarta de este escrito, no se encuentra
actualmente vigente y no puede ser se aplicación a este expediente. Asimismo, del
Estudio de Impacto Ambiental aportado por DFI 27 a este expediente se extrae que
el cumplimiento de las medidas correctoras propuestas en el mismo y el
cumplimiento de la normativa ambiental harán que el proyecto de la línea de
evacuación sea ambientalmente viable. En este sentido, se debe tener en cuenta
que el trazado propuesto es el resultado del cumplimiento con lo indicado en el
Informe Preceptivo sobre Autorización Ambiental Unificada emitido por la
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul el 9 de enero de 2023, además de los requerimientos
recibidos por parte de las diferentes administraciones públicas implicadas, lo que

cve: BOE-B-2024-38523
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Núm. 258