III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-22059)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa procedimiento para la declaración de los Abrigos del Molino y San Lázaro, en Segovia, como bien de interés cultural con la categoría de zona arqueológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137322

competente en materia de patrimonio cultural, pudiendo ser promovido por cualquier
persona física o jurídica.
La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 28.2 de la Ley 7/2024,
de 20 de junio, determinará, respecto al bien afectado, la aplicación provisional e
inmediata de las normas jurídicas de protección previstas en la citada ley para los bienes
ya declarados Bien de Interés Cultural. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 53.1 de dicha ley, toda intervención que pretenda realizarse en un bien inmueble
declarado de interés cultural o en su entorno y ámbito de protección deberá ser siempre
autorizada por la Consejería competente en materia de patrimonio cultural, salvo lo
previsto en el artículo 54.1 de la misma.
Por cuanto ha quedado expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 27
de la Ley 7/2024, de 20 de junio, y en los artículos 39 y 40 del Decreto 37/2007, de 19 de
abril, a propuesta del Servicio de Ordenación y Protección,
Esta Dirección General de Patrimonio Cultural resuelve:
Primero.
Incoar procedimiento de declaración de los Abrigos del Molino y San Lázaro, en
Segovia, como Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Arqueológica, de
acuerdo con la descripción y delimitación que consta en el anexo que acompaña a esta
resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.
Segundo.
Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de
forma singular y relevante las características del artículo 17.1 de la Ley 7/2024, de 20 de
junio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor como exponente
de facetas de la cultura de la Comunidad Autónoma y, por tanto, susceptible de ser
incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se
continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho
Inventario, conservando los trámites realizados.
Valladolid, 8 de octubre de 2024.–El Director General de Patrimonio Cultural, Juan
Carlos Prieto Vielba.
ANEXO

Esta zona arqueológica comprende en total cuatro yacimientos prehistóricos: tres
yacimientos arqueológicos con restos de ocupaciones por parte de los últimos
neandertales que habitaron en el continente europeo, y un yacimiento que ha arrojado
restos del Bronce antiguo (campaniforme).
El primer yacimiento conocido es la cueva de La Tarascona, excavado en 1932 y
donde fueron recuperados varios restos humanos con ajuares de tipo campaniforme, y
que además es la cueva de mayor tamaño y envergadura de toda el área. En este
yacimiento se realizaron sondeos en 2015 con el objetivo de documentar restos
paleolíticos, pero debido al volumen de bloques desprendidos, aún no ha sido posible
verificar la existencia de ocupaciones pleistocenas.
En 2012 se descubrió el Abrigo del Molino y, dos años más tarde en 2014, se
descubrieron los yacimientos del Abrigo del Molino superior y del Abrigo de San Lázaro,
situando desde ese momento a este conjunto de yacimientos como una referencia
imprescindible para el estudio de las ocupaciones neandertales en Castilla y León.
El interés principal de esta zona radica en estos tres yacimientos de cronología
musteriense, datados entre 41.000 y 44.000 años antes del presente, puesto que no solo
constituyen las dataciones más recientes para la presencia neandertal en todo el interior

cve: BOE-A-2024-22059
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Los Abrigos del Molino y San Lázaro, en Segovia