III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-22059)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa procedimiento para la declaración de los Abrigos del Molino y San Lázaro, en Segovia, como bien de interés cultural con la categoría de zona arqueológica.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137323

peninsular, sino que representan uno de los últimos testimonios de hábitat neandertal en
todo el occidente europeo.
La concentración a lo largo de un tramo de 400 m de recorrido del río Eresma, de
estos tres yacimientos de igual cronología pero de características muy diferentes, nos
sitúan ante uno de los pocos contextos donde se puede realizar un análisis arqueológico
de diferentes ocupaciones neandertales, a partir de ubicaciones complementarias y
cercanas entre sí.
El tramo del valle del río Eresma donde se sitúa esta zona, corresponde a lo que fue
uno de los pocos hábitats neandertales de todo el interior peninsular, si por hábitat
neandertal entendemos no solo un yacimiento aislado, sino todo un complejo de
ocupaciones humanas en un mismo entorno o, en este caso, valle.
El emplazamiento de los tres abrigos con ocupación humana responde por tanto a
las particulares características geológicas de este sector y a los paleoambientes
resultantes durante el último periodo glacial, que permitieron una presencia continuada
de los últimos grupos neandertales peninsulares, durante unos 3.000 años antes de su
completa desaparición.
El Abrigo del Molino, es un yacimiento que destaca por ser un lugar con tres
momentos de ocupación distinta, que se asientan sobre un relleno sedimentario en cuya
base se localiza uno de los eventos de paleoinundación más antiguo de toda la cuenca
del Duero, declarado LIG (Lugar de Interés Geológico). Se trata de una de las
secuencias cronoestratigráficas peninsulares más completas y mejor conservadas para
el estudio del Paleolítico medio final.
El Abrigo del Molino superior, a pesar de su cercanía al Abrigo del Molino y de su
cronología contemporánea a este, es un yacimiento diferente que se ha identificado
como complementario, y donde han sido identificadas tareas y actividades diferentes a
las realizadas en el Abrigo del Molino. Se resalta, de este modo, la posibilidad de
documentar un complejo de yacimientos contemporáneo y con ocupaciones diferentes o
complementarias entre sí.
El Abrigo de San Lázaro es el yacimiento más rico y amplio de los tres desde una
perspectiva geoarqueológica, y además se trata de un yacimiento único en España. No
solo alberga el depósito sedimentario con más niveles de ocupación neandertal de todo
el valle sino que, además, en 2022 ha aportado un hallazgo excepcional a nivel mundial,
que lo hace completamente singular y excepcional.
En julio de 2022 se recuperó en este yacimiento, en uno de los niveles musterienses,
el objeto de arte mueble pintado más antiguo del continente europeo siendo, además, el
único objeto de arte mobiliar pintado por neandertales que se conoce. Este hallazgo sitúa
al Abrigo de San Lázaro como un yacimiento de singular relevancia a nivel europeo para
el estudio de los neandertales.
Los yacimientos musterienses del valle del Eresma representan uno de los más
excepcionales conjuntos de yacimientos arqueológicos, documentados en la península
ibérica para el estudio de los neandertales. En el ámbito de Castilla y León no se
encuentra otro caso similar, ni por su cronología, ni por la importante concentración de
yacimientos complementarios.
Los hallazgos recuperados en este conjunto de yacimientos, especialmente en el
Abrigo de San Lázaro, dan muestra de una especial singularidad a nivel europeo,
constituyendo un gran impacto científico, por lo que merecen ser resguardados con la
figura de máxima protección patrimonial.
Delimitación de la zona afectada por la declaración:
Se delimita como Zona Arqueológica el área definida por la parcela catastral N.º
40900F010050450000OD denominada «Molino de los Señores», que se sitúa en la
margen derecha de un gran meandro del río Eresma.
Motivación: la delimitación de la zona arqueológica se ha llevado atendiendo a la
ubicación de todos los yacimientos arqueológicos, coincidiendo el extremo oeste con la
ubicación del Abrigo del Molino y el este con la ubicación del Abrigo de San Lázaro. La
cueva de la Tarascona se sitúa en la zona intermedia entre ambos.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-22059
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 258