III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-22045)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verdifresh, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137235

superiores jerárquicos y con autonomía limitada en la ejecución de las mismas,
siguiendo las instrucciones que se le dan. Tienen la formación, conocimientos y
experiencia adecuados para realizar las tareas más elementales de su puesto de trabajo,
con un conocimiento limitado del proceso productivo.
Quedará encuadrado dentro de este nivel la categoría denominada en el anterior
convenio como «volcadores/as de segunda».

Nivel 6B (puesto Maquinistas): Son las personas trabajadoras que con
responsabilidad, experiencia, calidad y rendimiento adecuado conocen, realizan y
practican distintas tareas y operaciones dentro del proceso de producción. Ejercen
efectivamente y tienen conocimiento y experiencia para prestar sus servicios de forma
polivalente en todas las áreas de fabricación, con la formación adecuada, manejando
todas las máquinas con adecuado rendimiento, resolviendo incidencias, participando en
los procesos de mantenimiento de primer nivel y o propuestas de mejoras técnicas u
organizativas de los procesos de producción. Tienen conocimientos a nivel de usuario de
los sistemas y/o herramientas informáticas que se utilizan en los procesos productivos de
la empresa. Bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos, pero con suficiente
autonomía, conocimientos y responsabilidad son capaces de prestar sus servicios en
diversas fases del proceso productivo, conociendo y realizando adecuadamente las
distintas operaciones y tareas, y siendo responsables del proceso de producción dentro
de su nivel profesional, de máquinas o instalaciones, coordinando grupos de personas
con menor cualificación, pudiendo impartir formación en determinados puestos de
trabajo. Serán capaces de sustituir a su superior inmediato en caso de necesidad y por el
tiempo indispensable.
Dentro de sus funciones controla, conoce y aplica los parámetros establecidos en la
empresa respecto a calidad, seguridad alimentaria, seguridad e higiene y disciplina bajo
la supervisión de su responsable, pero con suficiente autonomía. Se responsabilizará de
la gestión y control de puntos críticos, lavadoras, sistema de eliminación de objetos
extraños, testigos, detector de metales y cumplimentación de registros correspondientes,
así como la detección de no conformidades surgidas en el proceso productivo,
transmitiéndolas a su superior jerárquico y con capacidad para proponer soluciones
frente a las incidencias.
Nivel 8: Son los operarios/as que con responsabilidad, experiencia, calidad y
rendimiento adecuado conocen, realizan y practican distintas tareas y operaciones
dentro del proceso de producción. Ejercen efectivamente y tienen conocimiento y
experiencia para prestar sus servicios de forma polivalente en todas las áreas de
fabricación, con la formación adecuada, manejando todas las máquinas con adecuado
rendimiento, resolviendo incidencias básicas, participando en los procesos de
mantenimiento de primer nivel y o propuestas de mejoras técnicas u organizativas de los
procesos de producción. Tienen conocimientos a nivel de usuario de los sistemas y o
herramientas informáticas que se utilizan en los procesos productivos de la empresa.
Bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos, pero con suficiente autonomía,
conocimientos y responsabilidad son capaces de prestar sus servicios en diversas fases
del proceso productivo, conociendo y realizando adecuadamente las distintas
operaciones y tareas, y siendo responsables del proceso de producción dentro de su
nivel profesional, de máquinas o instalaciones, coordinando grupos de personas con
menor cualificación, pudiendo impartir formación en determinados puestos de trabajo.
Serán capaces de sustituir a la persona que asuma la condición de superior inmediato en
caso de necesidad y por el tiempo indispensable.
Dentro de sus funciones controla, conoce y aplica los parámetros establecidos en la
empresa respecto a calidad, seguridad alimentaria, seguridad e higiene y disciplina.
Quedará encuadrada dentro de este nivel la categoría denominada en el anterior
convenio como «oficial de primera».

cve: BOE-A-2024-22045
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IV. Oficiales: