III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-22045)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Verdifresh, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137238

– Vaciado del contenedor de materia inorgánica.
– Apoyo al manipulador/a de logística.
– Entrar palets de producto terminado de empaquetadoras a su cámara.
– Control de consumos y stocks.
– Conocer y aplicar correctamente el sistema SAP.
4.

Empaquetadoras:

– Suministro del material necesario a empaquetadoras (cajas logifruit, rollos de film,
cajas canarias,…).
– Retirada de producto terminado a la cámara.
– Reponer armario de film.
– Recoger el semielaborado, guardarlo tapado y con su etiqueta correspondiente.
– Organización del almacén de film.
– Control de consumos y stocks.
– Conocer y aplicar correctamente el sistema SAP.
5.

Funciones generales:

– Realizar revisiones de las baterías y tenerlas cambiadas cuando corresponda.
– Mantenimiento correcto de las carretillas.
– Mantener siempre de lo posible el muelle ordenado.
– Una vez realizadas las funciones de cada zona se ayudará en lo posible a las
demás personas carretilleras.
Quedará encuadrada dentro de este nivel la categoría denominada en el anterior
convenio como «Carretillero/-a de segunda».

Calidad: Quedan encuadrados dentro de este Grupo las personas trabajadoras
responsables de la recepción de la materia prima y de las actuaciones consecuentes en
función del estado de la misma. Son también responsables del seguimiento del correcto
tratado del producto en las diferentes fases del proceso productivo (corte,
semielaborado, producto terminado,…) y comunicación a los distintos departamentos
implicados de los aspectos acordados respecto de lo anterior. Tomas de muestras,
realización de ensayos y medición y registro de parámetros varios que afecten al
proceso o al producto.
Nivel 1: Es el que, a las órdenes de su responsable inmediato superior o del
responsable de área, conoce el proceso general de la industria en sus distintas
secciones, implantando las directrices y protocolos de seguridad alimentaria y calidad,
aplicando estos conocimientos, organizando y distribuyendo el trabajo en las secciones,
manteniendo la disciplina, a la vez que facilita los datos de su competencia técnica y
aquellos que puedan estar relacionados con el sistema de producción, consumo de
materias primas, rendimientos, calidad y mantenimiento.
Quedará encuadrada dentro de este nivel la categoría denominada en el anterior
convenio como «supervisor de 1.ª».
Nivel 2: Es el que, a las órdenes de su responsable inmediato superior o de su
responsable de área, y dependiendo de éste, sin conocer el proceso general de la
industria en sus distintas secciones, e implantando las directrices y protocolos de
seguridad alimentaria y calidad, tiene mando directo sobre el personal que trabaje en la
sección o secciones de su cargo, respondiendo de su disciplina y distribuyendo y
organizando el trabajo de las mismas, vigilando al personal y cuidando de la
conservación y mejor aprovechamiento de máquinas y material, proporcionando los
datos sobre la producción y rendimiento de las secciones que manda.
Quedará encuadrada dentro de este nivel la categoría denominada en el anterior
convenio como «supervisor de 2.ª».

cve: BOE-A-2024-22045
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Grupo 4: Grupo Profesional de Calidad