III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-22044)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024
Artículo 4.

Sec. III. Pág. 137182

Concurrencia de convenios.

Los supuestos de concurrencia entre convenios de distintos ámbitos se resolverán
aplicando los principios siguientes:
1. Principio de coherencia. No serán aplicables los acuerdos tomados en la
negociación de ámbito territorial inferior que contradigan el contenido de las normas
establecidas en los convenios de ámbito superior, ello, sin perjuicio de lo establecido en
el artículo 3.3, y en el título III, del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
2. Principio de complementariedad. De conformidad con el artículo 83.2 del
Estatuto de los Trabajadores, las organizaciones firmantes reconocen el principio de
complementariedad del convenio general del sector respecto de los de ámbito inferior.
3. Principio de seguridad. Los convenios de ámbito inferior al nacional que estén
en vigor en el momento de la firma de este último mantendrán su vigencia en todo su
contenido, permaneciendo en sus mismos términos hasta su término temporal.
4. Principio de territorialidad. Será de aplicación el convenio vigente en el centro
de trabajo en el que habitualmente se presta el servicio, sin perjuicio de los supuestos
previstos en el artículo 3.3 del Estatuto de los Trabajadores.
5. Concurrencia de convenios de ámbito funcional y personal distinto. Las
contratas en las que concurra personal de distintos sectores de los regulados en el
ámbito funcional y personal de este convenio y que tengan convenios distintos seguirán
rigiéndose por dichos convenios, salvo que tales convenios sean sustituidos por un
convenio único para toda la plantilla.
6. Concurrencia de convenios en una contrata. La concurrencia de convenios,
como consecuencia de la agrupación en una contrata de personal que estaba sujeto a
distintos convenios incluidos en el ámbito funcional y personal del presente convenio
general, se resolverá manteniendo la aplicación del convenio que era aplicable a cada
trabajador/a, salvo que por convenio del conjunto de la contrata decidan ser sustituidos.
7. Las comisiones paritarias de los convenios afectados deberán intentar
conjuntamente hallar una solución pactada a los conflictos de concurrencia de sus
convenios.
Artículo 5.

Distribución de materias en los diferentes niveles de negociación.

a) Se reservan a la negociación colectiva del convenio general del sector las
siguientes materias:

I

Normas estructurales.

II

Condiciones generales.

III

Condiciones generales de ingreso.

IV

Contratación.

V

Clasificación del personal. No está reservada la creación y definición de tareas, funciones, oficios, especialidades profesionales y/o
responsabilidades asignadas al trabajador.

VI

Organización del trabajo y productividad. Se reservan los principios generales.

VII

Promoción y ascensos. Se reservan las condiciones generales.

VIII

Retribuciones. En este capítulo están reservadas las siguientes materias:
– El sistema salarial y salario de cobertura de vacíos.
– La estructura de las percepciones económicas.
– Los trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos.
– Los trabajos nocturnos.
– La definición de las horas extraordinarias obligatorias.

cve: BOE-A-2024-22044
Verificable en https://www.boe.es

CAPÍTULO