I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-21960)
Acuerdo internacional administrativo entre España y el Banco Europeo de Inversiones relativo a la contribución al Fondo Fiduciario ACP Compartimento de los Estados miembros, hecho en Madrid y Luxemburgo el 18 de julio, 9 y 13 de agosto de 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Viernes 25 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 136863
(iii) informes sobre la finalización de operaciones: información completa acerca de
las operaciones, incluidos los resultados y los aspectos financieros; y
(iv) estados financieros anuales auditados y consolidados.
Se informará de los resultados mensurables cotejándolos con el marco de resultados
desarrollado para cada Fondo, y utilizando a tal efecto las herramientas de medición
existentes en el BEI (http://www.eib.org/projects/cycle/monitoring/rem.htm). Dicho marco
de resultados, que el Banco podrá revisar periódicamente en consulta con los
contribuyentes, se utilizará para la preparación de los informes y la evaluación.
(8)
(8)
El Banco mide los resultados de sus operaciones por medio de los marcos 3PA y ReM (dentro y fuera
de la UE respectivamente), y el marco lógico abarca tanto las operaciones de préstamo como la asistencia
técnica. Se basan en una metodología de tres pilares, diseñada para mostrar de qué manera las aportaciones
del BEI (en forma, por ejemplo, de préstamos o de asesoramiento técnico) generan resultados (como pueden
ser una línea de transmisión eléctrica o un programa de formación), que, a su vez, se traducen en productos
(por ejemplo, un mejor acceso a la energía y la mejora de la capacidad institucional) y que, con el tiempo,
tienen un impacto (por ejemplo, el desarrollo de una infraestructura económica o la integración regional).
Además, se facilitará con la frecuencia que se considere adecuada información
cualitativa sobre aspectos importantes relacionados, entre otras cuestiones, con la
sostenibilidad, la apropiación y el impacto económico en sentido más amplio.
Se podrá acordar de forma bilateral con cualquier contribuyente a un Fondo la
elaboración con alcance limitado de informes complementarios, que podrá estar sujeta a
otras comisiones.
9.4.2
Informes relativos a la Plataforma.
El BEI emitirá un Informe Anual consolidado de contribuyentes que destacará los
logros y actividades de la cartera de Fondos del Banco, proporcionando visibilidad a los
contribuyentes y a cada uno de los Fondos a los que contribuyen.
En el contexto de la revisión de las actividades de la Plataforma (y, por primera vez,
en diciembre de 2022), el Banco presentará a los contribuyentes un informe de
evaluación en el que se analizará las repercusiones en los países beneficiarios de las
operaciones financiadas con cargo a los Fondos de la Plataforma.
Artículo 10.
10.1
Auditoría y control.
Auditoría.
Los estados financieros consolidados relativos a la Plataforma se someterán a una
auditoría externa cuyos costes serán asumidos por la Plataforma.
Los estados de cuentas individuales de cada instrumento del Fondo no estarán
sujetos a auditorías externas, sino que quedarán cubiertos por la auditoría externa de los
estados financieros consolidados de la Plataforma.
10.2
Control.
Artículo 11. Duración.
11.1
Terminación de un Fondo y de la Plataforma.
La Plataforma y los Fondos en el marco de la Plataforma permanecerán en vigor
mientras siga habiendo fondos, compromisos o inversiones respecto de los mismos.
Los Fondos individuales no especificarán la fecha de terminación, sino que podrán
resolverse en cualquier momento por decisión del comité de contribuyentes del Fondo en
cve: BOE-A-2024-21960
Verificable en https://www.boe.es
La Plataforma se gestionará de conformidad con los criterios y procedimientos
habituales del Banco, incluidas las medidas de control oportunas.
Núm. 258
Viernes 25 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 136863
(iii) informes sobre la finalización de operaciones: información completa acerca de
las operaciones, incluidos los resultados y los aspectos financieros; y
(iv) estados financieros anuales auditados y consolidados.
Se informará de los resultados mensurables cotejándolos con el marco de resultados
desarrollado para cada Fondo, y utilizando a tal efecto las herramientas de medición
existentes en el BEI (http://www.eib.org/projects/cycle/monitoring/rem.htm). Dicho marco
de resultados, que el Banco podrá revisar periódicamente en consulta con los
contribuyentes, se utilizará para la preparación de los informes y la evaluación.
(8)
(8)
El Banco mide los resultados de sus operaciones por medio de los marcos 3PA y ReM (dentro y fuera
de la UE respectivamente), y el marco lógico abarca tanto las operaciones de préstamo como la asistencia
técnica. Se basan en una metodología de tres pilares, diseñada para mostrar de qué manera las aportaciones
del BEI (en forma, por ejemplo, de préstamos o de asesoramiento técnico) generan resultados (como pueden
ser una línea de transmisión eléctrica o un programa de formación), que, a su vez, se traducen en productos
(por ejemplo, un mejor acceso a la energía y la mejora de la capacidad institucional) y que, con el tiempo,
tienen un impacto (por ejemplo, el desarrollo de una infraestructura económica o la integración regional).
Además, se facilitará con la frecuencia que se considere adecuada información
cualitativa sobre aspectos importantes relacionados, entre otras cuestiones, con la
sostenibilidad, la apropiación y el impacto económico en sentido más amplio.
Se podrá acordar de forma bilateral con cualquier contribuyente a un Fondo la
elaboración con alcance limitado de informes complementarios, que podrá estar sujeta a
otras comisiones.
9.4.2
Informes relativos a la Plataforma.
El BEI emitirá un Informe Anual consolidado de contribuyentes que destacará los
logros y actividades de la cartera de Fondos del Banco, proporcionando visibilidad a los
contribuyentes y a cada uno de los Fondos a los que contribuyen.
En el contexto de la revisión de las actividades de la Plataforma (y, por primera vez,
en diciembre de 2022), el Banco presentará a los contribuyentes un informe de
evaluación en el que se analizará las repercusiones en los países beneficiarios de las
operaciones financiadas con cargo a los Fondos de la Plataforma.
Artículo 10.
10.1
Auditoría y control.
Auditoría.
Los estados financieros consolidados relativos a la Plataforma se someterán a una
auditoría externa cuyos costes serán asumidos por la Plataforma.
Los estados de cuentas individuales de cada instrumento del Fondo no estarán
sujetos a auditorías externas, sino que quedarán cubiertos por la auditoría externa de los
estados financieros consolidados de la Plataforma.
10.2
Control.
Artículo 11. Duración.
11.1
Terminación de un Fondo y de la Plataforma.
La Plataforma y los Fondos en el marco de la Plataforma permanecerán en vigor
mientras siga habiendo fondos, compromisos o inversiones respecto de los mismos.
Los Fondos individuales no especificarán la fecha de terminación, sino que podrán
resolverse en cualquier momento por decisión del comité de contribuyentes del Fondo en
cve: BOE-A-2024-21960
Verificable en https://www.boe.es
La Plataforma se gestionará de conformidad con los criterios y procedimientos
habituales del Banco, incluidas las medidas de control oportunas.