III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-21943)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Jueves 24 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136798

Navarra, sino solo directamente por la DGOJ, de conformidad con lo dispuesto en la
normativa estatal.
4. Las inscripciones en el RGIAJ por la causa prevista en el Apartado 1
comunicadas a la Comunidad Foral de Navarra conllevarán la imposibilidad de participar
en todos aquellos juegos y/o acceder a todos aquellos establecimientos en los que se
haya establecido un control de acceso que requiera la identificación de los participantes,
además de cuantos otros efectos determine la normativa autonómica de aplicación. De
acuerdo con lo anterior, dichas inscripciones sólo podrán ser modificadas o canceladas
del registro autonómico de prohibidos por la Comunidad Foral de Navarra.
5. La Comunidad Foral de Navarra promoverá que las personas inscritas en su
registro autonómico con anterioridad a la entrada en vigor de este convenio conozcan la
posibilidad de extender su inscripción en el registro autonómico de prohibidos también al
RGIAJ, a cuyo efecto informará, por la vía que considere más oportuna, sobre los
trámites necesarios para proceder de ese modo, con plena conformidad con la normativa
vigente.
6. La Comunidad Foral de Navarra se compromete a que las solicitudes de
inscripción utilizando el formulario oficial de la DGOJ para inscribirse en el RGIAJ que
reciba en su sede electrónica o en sus dependencias físicas se remitan a la DGOJ
utilizando el sistema de interconexión de registros (SIR) y no a través de la Plataforma
de Intermediación. Estas solicitudes no serán vinculadas con una eventual inscripción en
el registro autonómico de la Comunidad Foral de Navarra, al ser solicitudes de
inscripción directa en el RGIAJ por haber utilizado el formulario oficial de la DGOJ.
Cuarta.

Compromisos de ambas partes.

La DGOJ y la Comunidad Foral de Navarra se comprometen a:
1. Adscribir a la ejecución del convenio los medios humanos y técnicos necesarios
para el correcto funcionamiento del sistema. A estos efectos, ambas partes realizarán el
seguimiento de las incidencias que pudieran producirse, coordinándose a través de la
Comisión de Seguimiento para su resolución.
2. La custodia de las evidencias de las comunicaciones intercambiadas durante un
periodo de 6 años.
3. La comunicación de las modificaciones normativas que afecten a los respectivos
registros de interdicciones de acceso al juego y de los distintos formularios habilitados.
4. Los datos comunicados entre la DGOJ y la Comunidad Foral de Navarra a
consecuencia de la ejecución de los compromisos contenidos en este convenio darán
lugar a la práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente anotación
en el RGIAJ o en el registro autonómico de prohibidos de la Comunidad Foral de
Navarra.
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Foral de Navarra en lo que
respecta a la Plataforma de Intermediación.

1. La DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Foral de Navarra los servicios
electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación,
permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de información de los
correspondientes responsables administrativos de los registros de prohibidos implicados
en la gestión de las comunicaciones interadministrativas de nuevas inscripciones,
modificaciones o cancelaciones en los distintos registros.
A estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la
Plataforma de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la
documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de
descargas de la Plataforma de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en
los mismos será previamente consensuado con la Comunidad Foral de Navarra,

cve: BOE-A-2024-21943
Verificable en https://www.boe.es

La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones: