II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-21916)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza, para personas que acrediten discapacidad intelectual, de personal laboral fijo, categoría de Oficial de Servicios e Información.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Jueves 24 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 136568
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión a la
Rectora de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 7/2005, de 24
de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el procedimiento selectivo deberá
resolverse en el plazo máximo de ocho meses, contados desde la publicación de la
resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que caiga resolución expresa.
7.
Lista de aprobados y bolsa de trabajo
7.1 Una vez realizados los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública, en la página web de la Universidad de León (https://www.unileon.es/actualidad/
convocatorias ), la relación de aspirantes que hayan superado la misma, por el orden de
puntuación total obtenida, sumándose las calificaciones de los dos ejercicios superados.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la consideración de no
aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la
base 5.11.
El Presidente/a del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados a la
Rectora de la Universidad de León, especificando, igualmente, el número de aprobados
en cada uno de los ejercicios.
7.2 La Bolsa de trabajo resultante se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 4 de
febrero de 2022 sobre contratación laboral temporal, actualización o norma que
legalmente lo sustituya (https://www.unileon.es/files/2022-02/acuerdo-gerencia-comiteempresa-contratacion-laboral-temporal-2022.pdf).
La bolsa que se genere como resultado de este proceso selectivo surtirá efectos
desde la formalización del contrato del trabajador que haya superado el mismo, dejando
sin efectos las existentes con anterioridad de esta categoría y especialidad, en su caso.
8. Presentación de documentos y nombramiento
a) Fotocopia del DNI y original, para su comprobación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza. Este
certificado habrá de ser expedido por el facultativo de medicina general del Insalud que
corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la
Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad
y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
d) Original y fotocopia para compulsa del título académico exigido en la
convocatoria.
cve: BOE-A-2024-21916
Verificable en https://www.boe.es
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los
opositores aprobados deberán presentar, en el Servicio de Recursos Humanos de la
Universidad de León, todos los documentos originales que acrediten los requisitos
exigidos en la base 2, y específicamente los siguientes documentos:
Núm. 257
Jueves 24 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 136568
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión a la
Rectora de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 7/2005, de 24
de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el procedimiento selectivo deberá
resolverse en el plazo máximo de ocho meses, contados desde la publicación de la
resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que caiga resolución expresa.
7.
Lista de aprobados y bolsa de trabajo
7.1 Una vez realizados los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública, en la página web de la Universidad de León (https://www.unileon.es/actualidad/
convocatorias ), la relación de aspirantes que hayan superado la misma, por el orden de
puntuación total obtenida, sumándose las calificaciones de los dos ejercicios superados.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la consideración de no
aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la
base 5.11.
El Presidente/a del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados a la
Rectora de la Universidad de León, especificando, igualmente, el número de aprobados
en cada uno de los ejercicios.
7.2 La Bolsa de trabajo resultante se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 4 de
febrero de 2022 sobre contratación laboral temporal, actualización o norma que
legalmente lo sustituya (https://www.unileon.es/files/2022-02/acuerdo-gerencia-comiteempresa-contratacion-laboral-temporal-2022.pdf).
La bolsa que se genere como resultado de este proceso selectivo surtirá efectos
desde la formalización del contrato del trabajador que haya superado el mismo, dejando
sin efectos las existentes con anterioridad de esta categoría y especialidad, en su caso.
8. Presentación de documentos y nombramiento
a) Fotocopia del DNI y original, para su comprobación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza. Este
certificado habrá de ser expedido por el facultativo de medicina general del Insalud que
corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la
Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad
y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
d) Original y fotocopia para compulsa del título académico exigido en la
convocatoria.
cve: BOE-A-2024-21916
Verificable en https://www.boe.es
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los
opositores aprobados deberán presentar, en el Servicio de Recursos Humanos de la
Universidad de León, todos los documentos originales que acrediten los requisitos
exigidos en la base 2, y específicamente los siguientes documentos: