II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-21916)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza, para personas que acrediten discapacidad intelectual, de personal laboral fijo, categoría de Oficial de Servicios e Información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 136567

realizados ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los
aspirantes. En este sentido, una vez finalizado el ejercicio, se solicitarán dos voluntarios
entre los Sres. opositores para que asistan al descabezamiento de las hojas de
respuestas, mecanismo que servirá para garantizar el anonimato de la corrección, y se
firmará la diligencia dispuesta para tal fin. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en
cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer
la identidad de los mismos.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Universidad de León, Rectorado, avda. de la Facultad, n.º 25, teléfono 987 29 16 67.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas
selectivas.
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas.
Cualquier propuesta final de aprobados que contravenga lo establecido en este punto
será nula de pleno derecho.
No obstante, lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, la Rectora Magnífica podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de
los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su nombramiento, cuando se
produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los
aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento.
b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5.12 Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden
directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante la Rectora de la
Universidad de León.
6.

Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo apellido comience por la letra «F» de conformidad con lo establecido en
la Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Viceconsejería de Administraciones
Públicas y Atención al Ciudadano por la que se hace público el resultado del sorteo para
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos
(BOCyL de 20 de marzo de 2024).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento
debiendo ir provistos de DNI o acreditación equivalente, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación estará condicionada a
la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hayan quedado
aplazadas. El Tribunal valorará la duración de esta demora de manera que no se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso selectivo
ajustada a tiempos razonables; en todo caso, las fases aplazadas deberán realizarse
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado dicho proceso.

cve: BOE-A-2024-21916
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Núm. 257