III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-21771)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Vitoria n.º 5, por la que se suspende la inscripción de un acta complementaria de escritura de declaración de obra nueva y establecimiento de normas de comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135867

corresponde a cada elemento privativo (con exclusión de la parte proporcional de los
elementos comunes), y ello, en aras a la necesaria precisión exigida legalmente por el
principio de especialidad registra!, para la delimitación clara y precisa de lo que es el
elemento privativo, art. 3 y 5 LPH RDG, 7 Julio 2014 y 3 Diciembre 2020, máxime si
tenemos en cuenta que la suma de las superficies construidas de los elementos
comunes y privativos son de 125,90 m2 mientras que la que consta en el registro es
de 130 m2.
Contra esta nota de calificación se podrá: (…)
En Vitoria-Gasteiz La registradora Este documento ha sido firmado con firma
electrónica cualificada por María Carolina Martínez Fernández registrador/a de Registro
Propiedad de Vitoria-Gasteiz 5 a día doce de abril del dos mil veinticuatro.»
III
Solicitada la calificación sustitutoria, correspondió la misma a la registradora de la
Propiedad interina de Bilbao número 5, doña María Eugenia García Marcos, quien
confirmó la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Vitoria número 5.
IV
Contra la nota de calificación sustituida, don Fernando Ramos Alcázar, notario de
Vitoria, interpuso recurso el día 24 de mayo de 2024 en virtud de escrito en el que
señalaba lo siguiente:

Que la calificación es incongruente porque el acta complementaria de la escritura de
declaración de obra nueva y establecimiento de normas de comunidad de referencia no
subsana ni modifica la escritura de declaración de obra nueva y establecimiento de
normas de comunidad a la que complementa con la inclusión de los datos catastrales
que resultan de la Certificación descriptiva y gráfica incorporada a dicha acta.
Que por la referida escritura de declaración de obra nueva, se declaran las obras de
redistribución interior del local que en dicha escritura se describe formalizándose la
constitución de una comunidad funcional sobre dicho local para ser transmitido por
cuotas con la asignación de uso de los trasteros habilitados en su interior cumpliéndose
las exigencias descriptivas relativas a los trasteros y elementos comunes requeridas
para su inscripción por el artículo 53, regla b) del Real Decreto 1.093/1.997, que son su
número de orden, linderos, dimensiones perimetrales y superficie útil.
Que dichas obras de redistribución interior se han efectuado conforme a Proyecto
redactado por técnico competente y para el que se han obtenido las correspondientes
licencias de obra y de primera utilización del Ayuntamiento de Vitoria (Álava) y las
indicadas circunstancias descriptivas de los trasteros y elementos comunes
anteriormente referidas están certificadas por el técnico director de las obras bajo su
responsabilidad mediante su comparecencia al otorgamiento de la referida escritura de
declaración de obra nueva.
Que de la certificación catastral descriptiva y gráfica incorporada al acta
complementaria de la escritura de declaración de obra nueva resulta una superficie del
local inferior al de la descripción registral del mismo sin que se solicite la rectificación
registral mediante la inscripción de la representación gráfica por tener en el presente
caso carácter potestativo, de conformidad con el artículo 9 b) párrafo 2° de la Ley
Hipotecaria, y precisar además la modificación del título constitutivo de la propiedad
horizontal del que forma parte el local descrito.
Por todo lo expuesto solicito la rectificación de la calificación desfavorable y para el
caso de su mantenimiento, tenga por interpuesto el recurso gubernativo ante la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Al presente escrito acompaño testimonio

cve: BOE-A-2024-21771
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