III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-21765)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Bilbao n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de segregación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135814

“...Espacios, nueve, diez, once de cada una de las cuatro plantas, un entero quince
centésimas de entero por ciento y los doce, trece enteros ochenta centésimas de entero
por ciento...”
“…La titularidad de uno de los espacios dará derecho a aparcar en el mismo uno o
varios automóviles según permita su capacidad, sin que, en ningún caso puedan invadir
los límites de las zonas o espacios contiguos, ni, por ningún concepto, obstaculizar el
normal aprovechamiento del conjunto del departamento con arreglo a su destino,
pudiendo los titulares aislar los espacios en todo su conjunto con cierres metálicos y
análogos a los ya instalados en el segundo sótano, con excepción de los espacios
números veintiséis al treinta y uno inclusive, de cada una de las cuatro plantas, que
deberán permanecer sin cierre alguno...”
“...De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley de Propiedad
Horizontal de 21 de julio de 1960, en la proindivisión del departamento número (…) del
edificio, conjunto de las cuatro plantas de sótano, establecida intencionadamente para
servicio y utilidad de los copropietarios titulares de cada uno de los espacios, no
procederá la acción de división y los titulares de participaciones podrán disponer de las
mismas libremente, sin que asista derecho alguno de preferente adquisición a los demás
copropietarios...
Fundamentos de Derecho.
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960
en su apartado 4 2 establece: “Esta forma de Propiedad se rige por las disposiciones
Legales Especiales y, en lo que las mismas permitan por la voluntad de los interesados”,
siendo, por tanto, fuente reguladora de este Régimen de Propiedad Horizontal la
voluntad de los interesados plasmada en los Estatutos de la Comunidad.
Los términos de estos Estatutos son inequívocos en cuanto a la prohibición de esta
segregación, por lo que no cabe practicar la pretendida inscripción.
Forma de subsanación. El defecto expresado podrá subsanarse mediante la
oportuna modificación de los Estatutos Sociales
La anterior nota de calificación negativa podrá (…)
Bilbao, a 3/05/2024.–La Registradora, Fdo: María Eugenia García Marcos.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don L. O. R. C., en nombre y representación
de la entidad mercantil «Inmobiliaria Crenuvi, SA», interpuso recurso el día 27 de mayo
de 2024 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«Primera. Efectivamente, las fincas (…), n.º 15608/75A y 15608/75, referidas a las
plazas de garaje (…) y (…), inscritas al tomo 1911, libro 847 y folios 67 y 100,
respectivamente; resultaron segregadas con motivo de otra solicitud idéntica a la del
ahora recurrente, en el mismo edificio (…)
Así las cosas, de la plaza de garaje n.º (…), resultaron las dos segregadas
denominadas ahora (…) y (…), como en otras muchas que también lo solicitaron (…)
Segunda. Ahora la mercantil recurrente presenta nueva solicitud, sobre la plaza de
garaje n.º (…), ubicada en la misma planta del mismo edificio que la descrita en la
alegación primera precedente; y, sin embargo, en este caso, el mismo Registro considera
que la segregación pretendida es contraria a las normas estatutarias de la Comunidad de
Propietarios (…)
Tercera. Por tanto, carece de todo fundamento la pretensión de que la nueva
presentación del mismo -e inalterado- título, reabra nuevo procedimiento registral del que
ahora resulta una calificación negativa, contrariando de plano las anteriores
calificaciones habidas en el mismo edificio sobre segregaciones de similares elementos.
Y es que las calificaciones registrales respecto de un mismo título, sin alteración de

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Núm. 256