III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-21815)
Orden TED/1148/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua), y se aprueba la convocatoria del año 2023; y por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136114

establecerá la información que se deberá aportar, el modo y la frecuencia una vez
resuelta la ayuda y en línea con las obligaciones de reporte asociadas a las ayudas
derivadas de fondos PRTR.
Solución digital A. Creación de una aplicación para la tramitación electrónica y de un
portal web.
– URL de la página web junto con certificado del dominio y en su caso, información
sobre las redes sociales creadas (nombre del perfil y toda la información detallada sobre
los mismos).
– Memoria explicativa de las funcionalidades de la sede y del portal web.
Solución digital B. Creación de inventarios y servicios web de sistemas de
información geográfica e identificación catastral del parcelario agrícola y red de riego.
– Cartografía generada durante los trabajos en ficheros interoperables. Esta
información será puesta a disposición, al menos, de MITECO y de MAPA.
– Una memoria resumen de los trabajos realizados indicando, al menos, el conjunto
de parcelas, el elenco de regantes y las labores de actualización en relación a catastro,
administraciones hidráulicas competentes y administraciones de las comunidades
autónomas y el MAPA.
Solución digital C. Mejoras tecnológicas y digitalización de los sistemas de control del
volumen de agua realmente utilizado.
– Memoria resumen con el siguiente contenido mínimo: ubicaciones definitivas de
las estaciones, esquema de las instalaciones y descripción de la tecnología empleada
incluyendo todos sus componentes y fotografías realizadas durante la instalación.
También se deberá aportar las especificaciones técnicas del instrumento instalado para
comprobación del cumplimiento de los requisitos mínimos.
– En el caso de las soluciones C1, el MITECO, a través de las administraciones
hidráulicas correspondientes, se asegurará de la correcta instalación de todos los
elementos conforme a la normativa de aplicación y de que la transmisión de datos sea la
adecuada. También se deberá contar con la aprobación por parte de la administración
hidráulica correspondiente para la monitorización de dicho aprovechamiento.
Solución digital D. Monitorización del contenido del agua en el suelo para
optimización del riego.

Solución digital E. Monitorización de la calidad y cantidad de agua en los retornos de
regadío a cauces superficiales.
E1

Nivel de tecnificación bajo:

– Memoria resumen con el siguiente contenido mínimo: ubicaciones definitivas de
los puntos de muestreo, listado y fecha de los muestreos realizados, resultados de las

cve: BOE-A-2024-21815
Verificable en https://www.boe.es

– Memoria resumen con el siguiente contenido mínimo: ubicaciones definitivas de
las estaciones (D1), esquema de las instalaciones y descripción de la tecnología
empleada incluyendo todos sus componentes y fotografías realizadas durante la
instalación, resultados de las mediciones realizadas y conclusiones en relación a las
prácticas de riego realizadas y posibles mejoras de las mismas con el empleo de las
mediciones realizadas en campo. En caso de apoyarse también en teledetección (D2) de
incluirá también la descripción de la tecnología de teledetección empleada incluyendo
descripción del software empleado, resultados obtenidos y conclusiones en relación a las
prácticas de riego realizadas y posibles mejoras de las mismas con el empleo de la
técnica de teledetección empleada.