III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-21815)
Orden TED/1148/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua), y se aprueba la convocatoria del año 2023; y por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Miércoles 23 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 136087

En su virtud, dispongo:
Artículo primero. Modificación de la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, por la que
se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia
competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de
usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua), y se aprueba
la convocatoria del año 2023.
La Orden TED/918/2023, de 21 de julio, queda modificada como sigue:
Uno.
forma:

Se modifica el apartado 1 del artículo 2 que queda redactado de la siguiente

«1. El programa de ayudas descrito en estas bases tiene por objeto
subvencionar aquellos proyectos que contribuyan a la consecución de los
objetivos específicos definidos en el apartado 2 de este artículo, vinculados a los
objetivos generales de la medida C5, I3, «Transición Digital en el sector del agua»,
submedida C5. I3d «Transición digital en el sector del agua. PERTE de
digitalización del ciclo del agua» complementando y apoyando al cumplimiento del
objetivo CID #430, de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya
consecución se realizará de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y
nacional, para que, al menos 5.000.000 de habitantes se vean beneficiados por la
puesta en funcionamiento de proyectos de digitalización del ciclo urbano del agua
y 200.000 hectáreas beneficiadas por el Programa de ayudas para la digitalización
de comunidades de usuarios de agua para regadío, dentro del PERTE de
digitalización de los usos del agua.»

Dos. Se modifica el apartado g) del artículo 3 que queda redactado de la siguiente
forma:
«g) Solución: Cada una de las componentes en las que se divide el Catálogo
de Soluciones de Digitalización del Regadío que se definirá en la convocatoria
correspondiente. Cada solución podrá estar compuesta por una o varias
actuaciones.»
Tres. Se añade el apartado 43 al artículo 4 que queda redactado de la siguiente
forma:
«43. Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el
que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión
Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de
seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de
litigios fiscales.»

«c) Que se inicien después de la publicación de la convocatoria y finalicen,
como máximo, el 30 de junio de 2026, ampliable si así se estableciese en el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
No obstante, también podrán obtener ayudas las actuaciones cuya ejecución
se haya iniciado después del 22 de marzo de 2022, fecha de aprobación por el
Consejo de Ministros del Proyecto Estratégico para la recuperación y
Transformación Económica para la digitalización del ciclo del agua, siempre que
cumplan los requisitos del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
y que no hayan culminado a fecha de la publicación de la convocatoria.»

cve: BOE-A-2024-21815
Verificable en https://www.boe.es

Cuatro. Se modifica el apartado 1.c) del artículo 5 que queda redactado de la
siguiente forma: