III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-21673)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en la disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Martes 22 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 135231

VIII. Que el Reglamento Comunitario 1303/2013 por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y
al Fondo Europeo Marítimo y de la pesca, y por el que se establecen disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo,
al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el
Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo prevé diferentes canales para hacer posible
la financiación mediante los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Constituye el objeto del presente convenio las condiciones bajo las cuales ENISA
recibirá un préstamo del MINTUR para la aplicación de la línea de financiación a
proyectos empresariales promovidos por las pequeñas y medianas empresas, a través
de la figura del préstamo participativo, establecida en la disposición adicional vigésima
quinta de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2005.
De acuerdo con el objeto del presente convenio y en aras a las oportunidades de
financiación que brinda a la PYME, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Reglamento
Comunitario 1303/2013.
Asimismo, en el presente convenio se establecen las características (condiciones,
criterios y procedimientos de concesión y control) de los préstamos participativos
financiados mediante esta línea.
Segunda.

Condiciones del préstamo del MINTUR a ENISA.

ENISA recibirá un préstamo del MINTUR en el año 2024 por un importe de
hasta 57.500.000,00 euros, con el objeto de favorecer la financiación de proyectos
empresariales promovidos por PYME.
El préstamo tendrá un período máximo de amortización de diez años, a tipo de
interés cero y sin necesidad de garantías.
El préstamo será concedido con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.433M.821.10
del vigente presupuesto, y financiará los préstamos participativos cuya concesión haya sido
aprobada por ENISA en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 13 de
diciembre de 2024 en los términos fijados en la cláusula quinta del presente convenio.
Pago del préstamo.

El préstamo del MINTUR a ENISA se pagará tras la firma del convenio, según las
necesidades de financiación de los préstamos que otorgue ENISA. Dichas necesidades
se determinarán en función del importe de los préstamos participativos previamente
aprobados por ENISA contra la presente línea PYME 2024.
Al objeto de que el MINTUR proceda a efectuar el correspondiente pago a ENISA, la
Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula novena del presente convenio
certificará a la Dirección General de Estrategia Industrial y de la PYME del MINTUR el
importe de los préstamos aprobados por ENISA con arreglo al siguiente calendario.
– La primera certificación se emitirá antes del 5 de noviembre de 2024.
– La segunda certificación se emitirá antes del 17 de diciembre de 2024.
Los pagos del MINTUR a ENISA se realizarán tras la recepción de las citadas
certificaciones.

cve: BOE-A-2024-21673
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.