III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-21672)
Orden ITU/1144/2024, de 16 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso de la cadena de valor de la microelectrónica y de los semiconductores, y se procede a la convocatoria del año 2024 para la sección Ipcei (Proyecto Importante de Interés Común Europeo), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Artículo 26.
Sec. III. Pág. 135212
Recursos.
Contra la resolución del procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de
un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o ser impugnado directamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a la fecha de publicación.
La interposición de recursos de reposición deberá realizarse a través de la sede
electrónica asociada.
Artículo 27.
Régimen sancionador.
Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por los beneficiarios se
graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y el título IV de su reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Artículo 28.
Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
a) Responsable del tratamiento: Subsecretaria del Ministerio de Industria y Turismo,
delegado de protección de datos: dpd@mincotur.es.
b) Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados
exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la legislación
aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el
Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración
General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso).
c) Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos
al responsable del tratamiento y está justificado por las siguientes disposiciones: el
Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre
de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
d) Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni
transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.
e) Derechos sobre el tratamiento de datos: el beneficiario puede solicitar a través
de la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo, el acceso,
rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento
de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera
vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia
Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).
2. La duración de la confidencialidad será indefinida mientras la misma ostente tal
carácter, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización de la ayuda, sin
perjuicio de la obligación del Ministerio de Industria y Turismo de garantizar una
adecuada publicidad de las subvenciones concedidas. El beneficiario, mediante la
cve: BOE-A-2024-21672
Verificable en https://www.boe.es
1. El Ministerio de Industria y Turismo mantiene un compromiso de cumplimiento de
la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la
información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos
facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, se ofrece a
continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento
pagos de ayudas y control de deudores:
Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Artículo 26.
Sec. III. Pág. 135212
Recursos.
Contra la resolución del procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de
un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o ser impugnado directamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a la fecha de publicación.
La interposición de recursos de reposición deberá realizarse a través de la sede
electrónica asociada.
Artículo 27.
Régimen sancionador.
Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por los beneficiarios se
graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y el título IV de su reglamento, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Artículo 28.
Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
a) Responsable del tratamiento: Subsecretaria del Ministerio de Industria y Turismo,
delegado de protección de datos: dpd@mincotur.es.
b) Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados
exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la legislación
aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el
Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración
General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso).
c) Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos
al responsable del tratamiento y está justificado por las siguientes disposiciones: el
Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre
de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
d) Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni
transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.
e) Derechos sobre el tratamiento de datos: el beneficiario puede solicitar a través
de la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo, el acceso,
rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento
de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera
vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia
Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).
2. La duración de la confidencialidad será indefinida mientras la misma ostente tal
carácter, manteniéndose en vigor con posterioridad a la finalización de la ayuda, sin
perjuicio de la obligación del Ministerio de Industria y Turismo de garantizar una
adecuada publicidad de las subvenciones concedidas. El beneficiario, mediante la
cve: BOE-A-2024-21672
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1. El Ministerio de Industria y Turismo mantiene un compromiso de cumplimiento de
la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la
información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos
facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, se ofrece a
continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento
pagos de ayudas y control de deudores: