III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-21583)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, para la realización en los institutos, centros y unidades del CSIC de los periodos de formación en empresa en el ámbito de la Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Lunes 21 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134930

Régimen intensivo (artículo 67), cuando la duración de la formación en la empresa u
organismo equiparado sea superior al 35 % de la duración total de la formación ofertada
y sí exista contrato laboral de formación con la empresa.
Quinto.
Que la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional establece la organización de las enseñanzas de formación
profesional que forman parte del sistema educativo en la Comunidad Foral de Navarra.
En particular, es de aplicación la siguiente norma:
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional.
Sexto.
Que el artículo 82 de la mencionada Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
ordenación e integración de la Formación Profesional, establece que «las empresas u
organismos equiparados, incluidas las administraciones públicas, que cuenten con la
capacidad precisa al efecto y asuman su corresponsabilidad en la formación de
estudiantes y personas trabajadoras podrán participar en actividades formativas del
Sistema de Formación Profesional».
Que, a tales efectos, el CSIC –como «empresa u organismo equiparado»– se
estructura en institutos de investigación, centros nacionales, unidades y órganos de
dirección y apoyo a la investigación (ICU) de ámbito multidisciplinar y diseminados por
todo el país, con capacidad para ejercer de «centros de trabajo» en el que puedan
desarrollarse las actividades de formación tutorizada en el marco de las ofertas de
formación profesional.
Que la normativa de desarrollo de FP, tanto estatal como autonómica, prevé que la
colaboración de las «empresas u organismos equiparados» (el CSIC en este caso) en el
desarrollo de los periodos de formación en la empresa que prevean los distintos
programas formativos de los centros de formación profesional se articulen a través de los
formularios y documentos previstos en la normativa aprobada por las administraciones
competentes en materia de formación profesional.
A la vista de todo lo anterior, las entidades firmantes consideran de interés recíproco
colaborar en la formación integral de los estudiantes de Formación Profesional de la
Comunidad Autónoma y, a tal efecto, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo
a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El objeto del presente convenio es el establecimiento de un marco general de
colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y el CSIC,
para que el alumnado matriculado en los centros autorizados de formación profesional
de dicha Comunidad Autónoma (centros de FP, en adelante) pueda realizar en los
distintos institutos de investigación, centros y unidades del CSIC (ICU o centro de
trabajo, en adelante) los periodos de formación en empresa u organismo equiparado
requeridos en el ámbito de la Formación Profesional, tanto en su régimen de oferta
general como intensivo y en sus distintas modalidades (modular; dirigida a colectivos
específicos; formación profesional para el empleo o equivalente).
Las referencias normativas y relativas a los distintos regímenes y modalidades de
formación profesional que se realizan en este convenio se entenderán realizadas, en
todo lo que proceda, a las que se encuentran transitoriamente operativas de conformidad

cve: BOE-A-2024-21583
Verificable en https://www.boe.es

Primera.