III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-21478)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por el que se establecen las condiciones para la contribución a la financiación de la actuación de acondicionamiento del ramal ferroviario entre la estación de Ferrol y el puerto interior y dotación de tercer carril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Sábado 19 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134449

De acuerdo con el proyecto aprobado, el coste de inversión estimado asciende
a 22,66 millones de euros (sin IVA), con el siguiente desglose estimado:
Concepto

PCA (IVA excluido)*

Dotación ancho métrico.
Mejora y renovación.
Total.

2.195,1
20.466,5
22.661,6

* PCA: Presupuesto para conocimiento de la Administración. Incluye presupuesto de ejecución material
(PEM), Gastos generales y beneficio industrial (19 % PEM), suministros, asistencias técnicas (4 % PEM) y 2 %
cultural.

Octavo.
Considerando las partes, relevante la actuación citada en el expositivo quinto, por
cuanto implica una mejora de la red general ferroviaria con directo interés portuario, las
partes acuerdan regular las condiciones para su financiación de conformidad con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y finalidad del convenio.

El objeto del presente convenio consiste en establecer las condiciones para la
contribución por parte de la APFSC a la financiación de la actuación denominada
«Acondicionamiento del ramal ferroviario entre la estación de Ferrol y el puerto interior y
dotación de tercer carril» en la programación vigente del Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria, la cual se enmarca en el Presupuesto de ADIF con el
código 5160 denominado «Actuaciones en mercancías». Únicamente forman parte del
presente convenio las actuaciones que se desarrollan en el tramo ferroviario de
titularidad de ADIF.
Segunda.

Desarrollo de la actuación objeto del convenio.

– Desarrollarse íntegramente en la Red Ferroviaria de Interés General administrada
por ADIF.
– Guardar la debida coherencia con las actuaciones que la APFSC esté ejecutando
o tenga previsto ejecutar para el desarrollo o mejora de su red ferroviaria, así como con
la planificación prevista en la Red Ferroviaria de Interés General.
– Cumplir la normativa europea y nacional en materia de interoperabilidad
ferroviaria, de aplicación al tráfico de mercancías.
– Minimizar las afecciones al tráfico ferroviario del puerto durante la fase de
ejecución de las obras.
– Facilitar unas condiciones de explotación y de seguridad óptimas en la línea de
conexión del puerto de Ferrol.
2. ADIF licitará los contratos de ejecución de las obras correspondientes al proyecto
constructivo aprobado al que se refiere el expositivo séptimo y ejecutará las obras
asumiendo su titularidad.
3. ADIF será la entidad proponente ante la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria (AESF) a efectos de lograr la autorización de entrada y puesta en servicio de
las obras ejecutadas en aplicación del Real Decreto 929/2020. Lo anterior incluye el
trámite de puesta en conocimiento de la AESF, previo a la aprobación de los proyectos, y

cve: BOE-A-2024-21478
Verificable en https://www.boe.es

1. La actuación referida deberá reunir al menos los siguientes requisitos funcionales
y técnicos: