III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-21378)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Estudio Informativo de la nueva estación ferroviaria en el Aeropuerto de Girona-Costa Brava».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Viernes 18 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 134043

(2022-2027), que considera como malo su estado global. El promotor confirma la
existencia de zonas eutrofizadas en esta masa de agua, a partir de los correspondientes
trabajos de campo efectuados para el estudio.
Respecto a la inundabilidad, el promotor consulta la información cartográfica
publicada en el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Cuenca Fluvial de
Cataluña, correspondiente al ciclo 2022-2027. El promotor indica que para la ejecución
de las obras se dará continuidad a aquellas obras de drenaje transversal actualmente
existentes de la línea ferroviaria actual, y no prevé la ejecución de estructuras de paso
nuevas.
El promotor establece una serie de medidas para la protección de la hidrología
superficial e hidrogeología en fase de construcción, como el control de las aguas de obra
mediante un sistema de cunetas perimetrales, en las zonas de obras en las que se
genere un mayor contenido de sólidos en suspensión; la colocación de balsas de
decantación temporales en las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria,
casetas de obras y márgenes de los ríos Bagastrà y Onyar, la colocación de dispositivos
separadores de grasas transportables en obra y de dispositivos de retención de
sedimentos; un sistema de limpieza de cubas de hormigoneras y de lavado de
maquinaria; la construcción de pasos provisionales sobre cauces, en caso de ser
necesarios; un protocolo de actuación ante vertidos accidentales y afecciones a puntos
de agua, y medidas para la protección del cauce durante la ejecución de los viaductos.
La Dirección General de Protección Civil de la Generalitat de Cataluña establece una
serie de condiciones relativas a la protección frente a las inundaciones, que, por su
relevancia, se incluyen en el condicionado de esta resolución.
La Agencia Catalana del Agua informa que los caudales de diseño de las obras de
drenaje transversal se corresponden con los publicados por el organismo, salvo el del
Torrent del Calderó, que será necesario revisar con los datos oficiales. Considera que las
actuaciones proyectadas dan continuidad a las obras de drenaje y viaductos ya
existentes y que fueron informados favorablemente con anterioridad, por lo que sólo será
necesario comprobar que no se generan nuevas afecciones. Adicionalmente, establece
una serie de condiciones relativas a ubicación de las pilas y estribos de los viaductos
sobre los cauces Bagastrà y el Onyar, la protección de las aguas y la protección frente a
las inundaciones, que se incluyen en el condicionado de esta resolución.
Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

El promotor afirma que el entorno del proyecto presenta una intensa actividad
agrícola en buena parte de su extensión, por lo que el grado de antropización de la
vegetación es muy elevado. No detecta ninguna especie con plan de recuperación de
flora amenazada en el ámbito de estudio, aunque existe un Área de Interés Faunístico y
Florístico en el río Onyar, que es cruzado mediante un viaducto. El promotor considera, a
partir de la documentación consultada, que existe la posibilidad de encontrar en la zona
de estudio una serie de especies de flora protegida. Sin embargo, los trabajos de campo
efectuados no detectan la presencia de ninguna de estas especies.
En cuanto a la existencia de Hábitats de Interés Comunitario, existen tres tipos de
HIC afectados por la zona de estudio del proyecto: 9540 Pinares mediterráneos de pinos
mesogeanos endémicos, 9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia y 92A0.
Bosques de galería de Salix alba y Populus alba.
Los impactos sobre la vegetación se producen, fundamentalmente, durante la fase
de obras y son debidos a la preparación del terreno, necesaria en las superficies
ocupadas por los elementos constructivos e instalaciones auxiliares de obra, que
implican movimientos de tierra, despeje y desbroce de vegetación y compactación del
suelo. Estas acciones producirán desaparición y deterioro de ejemplares arbóreos y
acumulación de polvo sobre la vegetación. Igualmente, pueden proliferar especies
exóticas invasoras que provoquen la degradación florística de la zona.

cve: BOE-A-2024-21378
Verificable en https://www.boe.es

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