III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-21284)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre Iberdrola, SA, y el Consorcio Casa de América, para articular la aportación económica destinada a apoyar los fines y la programación ordinaria del consorcio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 133350
impulsar la adopción de medidas y acciones que ambas consideren necesarias para el
eficaz cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos.
Este mecanismo resolverá también los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse respecto del presente convenio. Las partes podrán acordar en su
seno, algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del convenio, siempre y
cuando no afecte al contenido del mismo.
Séptima.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
Cada una de las partes queda informada de que los datos de contacto de sus
representantes serán tratados por la otra parte con la finalidad de permitir el desarrollo,
cumplimiento y control de la relación convencional, siendo la base del tratamiento el
interés legítimo de las partes, y conservándose los datos durante todo el tiempo en que
esta subsista y, aun después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades
derivadas de ella. Las partes no comunicarán los datos personales a ningún tercero,
salvo a aquellos destinatarios necesarios para la preparación y ejecución del presente
convenio o a aquellos destinatarios respecto de los que exista una obligación legal de
comunicación. Los representantes podrán ejercer los derechos reconocidos en la
normativa de protección de datos ante el domicilio de la otra parte.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del
estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que
estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, y a
cumplir su correspondiente política de privacidad.
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. En caso de ser
necesario las partes se obligan a suscribir cuantos documentos procedan conforme a
derecho, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre protección datos.
Casa de América comparte el compromiso ético y de buen gobierno de Iberdrola que
inspira su Sistema de gobernanza y sostenibilidad y se obliga a respetar íntegramente la
legalidad vigente y las normas de conducta de Iberdrola y, en particular, su Código Ético,
que se encuentra en su web corporativa www.Iberdrola.com.
Asimismo, Casa de América se compromete a no realizar actuaciones que vayan,
directa o indirectamente, en desprestigio de Iberdrola.
Las partes declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación de
prácticas de gobierno éticas y con el mantenimiento, desarrollo y supervisión de políticas
de cumplimiento en todos los ámbitos de su actuación y, de manera muy particular, en el
ámbito del presente convenio.
Las partes se oponen rotundamente a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o de
cualquier otra índole e impulsan una cultura preventiva basada en el principio de
«tolerancia cero» hacia la comisión de actos ilícitos y situaciones de fraude y en la
aplicación de los principios de ética y comportamiento responsable.
Las partes emplearán en todo momento los más altos estándares de honestidad,
integridad y buena fe.
Casa de América procurará que los compromisos contemplados en esta estipulación
sean respetados por aquellas personas que sean miembros de sus órganos de gobierno
cve: BOE-A-2024-21284
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Compromiso ético.
Núm. 251
Jueves 17 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 133350
impulsar la adopción de medidas y acciones que ambas consideren necesarias para el
eficaz cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos.
Este mecanismo resolverá también los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse respecto del presente convenio. Las partes podrán acordar en su
seno, algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del convenio, siempre y
cuando no afecte al contenido del mismo.
Séptima.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
Cada una de las partes queda informada de que los datos de contacto de sus
representantes serán tratados por la otra parte con la finalidad de permitir el desarrollo,
cumplimiento y control de la relación convencional, siendo la base del tratamiento el
interés legítimo de las partes, y conservándose los datos durante todo el tiempo en que
esta subsista y, aun después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades
derivadas de ella. Las partes no comunicarán los datos personales a ningún tercero,
salvo a aquellos destinatarios necesarios para la preparación y ejecución del presente
convenio o a aquellos destinatarios respecto de los que exista una obligación legal de
comunicación. Los representantes podrán ejercer los derechos reconocidos en la
normativa de protección de datos ante el domicilio de la otra parte.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del
estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que
estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, y a
cumplir su correspondiente política de privacidad.
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. En caso de ser
necesario las partes se obligan a suscribir cuantos documentos procedan conforme a
derecho, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre protección datos.
Casa de América comparte el compromiso ético y de buen gobierno de Iberdrola que
inspira su Sistema de gobernanza y sostenibilidad y se obliga a respetar íntegramente la
legalidad vigente y las normas de conducta de Iberdrola y, en particular, su Código Ético,
que se encuentra en su web corporativa www.Iberdrola.com.
Asimismo, Casa de América se compromete a no realizar actuaciones que vayan,
directa o indirectamente, en desprestigio de Iberdrola.
Las partes declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación de
prácticas de gobierno éticas y con el mantenimiento, desarrollo y supervisión de políticas
de cumplimiento en todos los ámbitos de su actuación y, de manera muy particular, en el
ámbito del presente convenio.
Las partes se oponen rotundamente a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o de
cualquier otra índole e impulsan una cultura preventiva basada en el principio de
«tolerancia cero» hacia la comisión de actos ilícitos y situaciones de fraude y en la
aplicación de los principios de ética y comportamiento responsable.
Las partes emplearán en todo momento los más altos estándares de honestidad,
integridad y buena fe.
Casa de América procurará que los compromisos contemplados en esta estipulación
sean respetados por aquellas personas que sean miembros de sus órganos de gobierno
cve: BOE-A-2024-21284
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Compromiso ético.