III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-21191)
Resolución de 7 de octubre de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se publica el Convenio con don Felipe Vidales del Castillo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 133044

7. Remitir información, todos los martes de cada semana, sobre las visitas
efectuadas o no por don Felipe Vidales del Castillo a la dirección de correo
toledorutas@gmail.com.
El incumplimiento de esta obligación facultará al Consorcio de la Ciudad de Toledo a
solicitar de don Felipe Vidales del Castillo el depósito de una fianza de ciento cincuenta
euros (150,00 €).
Dicha fianza se devolverá de oficio por parte del Consorcio de la Ciudad de Toledo
con la finalización del convenio previo informe favorable de la Directora de Gestión
Patrimonial. Si el informe es negativo por reiteración del incumplimiento aludido la fianza
será incautada por el Consorcio de la Ciudad de Toledo.
8. Facilitar en todo momento cuantos datos y acreditaciones le sean solicitados.
9. Autorizar al Consorcio de la Ciudad de Toledo, a difundir en la página web de
este organismo su correo electrónico, los inmuebles respecto a los cuales, le han sido
facilitadas las llaves y su imagen a través de la fotografía proporcionada al Consorcio a
la firma del presente convenio.
10. Devolver las llaves al Consorcio de la Ciudad de Toledo, una vez extinguido el
convenio, en un plazo máximo de siete días naturales, sin necesidad de que exista
requerimiento formal por parte del Consorcio.
11. Don Felipe Vidales del Castillo podrá ser requerida por el Consorcio de la
Ciudad de Toledo para que realice hasta tres visitas gratuitas por cada anualidad en el
que este convenio esté vigente.
La solicitud por parte del Consorcio se realizará con una antelación de un mes a la
fecha de realización de la visita en cuestión.
12. Con carácter previo a la firma del convenio, se depositará en la cuenta del
Consorcio de la Ciudad de Toledo número ES23 0081 7171 7600 0179 6090 una fianza
de ciento cincuenta euros (150,00 €) en concepto de la llave de los espacios que se
visitarán y que se devolverá de oficio y sin necesidad de requerimiento, a don Felipe
Vidales del Castillo con la finalización del convenio y la efectiva devolución de la llave
entregada en perfectas condiciones.
La llave que entregará el Consorcio al Guia que firma el presente convenio es una
llave «Locken mecatrópica on bluetooth, F9» y estará habilitada para abrir todos los
espacios conveniados con este Guía.
Cuarta. Régimen de visita a Cuevas de Hércules e iglesia de San Sebastián.
La entrada en dichos inmuebles tendrá los siguientes condicionantes:
1.º Solicitud de reserva previa al Centro de Gestión de Recursos Culturales, con
antelación mínima de cuarenta y ocho horas, según modelo normalizado disponible en la
página web del Consorcio y siempre sujeto a disponibilidad.
2.º Resolución de concesión por parte de la Gerencia del Consorcio y posterior
pago de la visita solicitada en la cuenta del Consorcio designada al efecto, por un
importe único de quince euros (15,00 €).
3.º El horario de las visitas será el siguiente:
Horario de verano: De 10:00 h a 20:00 h (desde el 1 de junio al 30 de septiembre).
Horario de invierno: De 10:00 h a 19:00 h (desde el 1 de octubre al 31 de mayo).
El horario señalado será aplicable de martes a sábado y los domingos sólo hasta
las 14 h.
El resguardo correspondiente al pago deberá enviarse por mail, a la siguiente
dirección: termas@consorciotoledo.com, con carácter previo a la visita.
4.º No será necesario un número mínimo de visitantes, pero sí se establece un
número máximo de veinticinco personas por grupo que realice la visita a la iglesia de
San Sebastián o a las Cuevas de Hércules.

cve: BOE-A-2024-21191
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Núm. 250