I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-21128)
Real Decreto 1062/2024, de 15 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para el desarrollo y gestión del proyecto Espacio de Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Miércoles 16 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 132828

Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo
dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea correspondiente al concepto de empresa y actividad económica.
Igualmente, este real decreto, se ajusta a lo establecido en el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, con la finalidad de acometer un proceso de
modernización de la Administración Pública que le proporcione las herramientas
necesarias para acometer la ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando
la colaboración público-privada entre las administraciones públicas y el sector privado.
De acuerdo con lo anterior, la tramitación de este real decreto se ha acomodado a lo
establecido en los artículos 47 y 60 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
siéndole además de aplicación lo establecido en los artículos 60 y siguientes de dicho
real decreto-ley, relativos a las medidas de agilización de las subvenciones financiables
con fondos europeos.
Constatada la existencia de numerosas razones de interés público, social y
económico y la dificultad de concurrencia pública se justifica la concesión de la
subvención de forma directa, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 22, apartado 2,
letra c), y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de
octubre de 2024,
DISPONGO:
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Objeto y actividades.

1. Este real decreto tiene por objeto regular, con carácter de bases reguladoras, la
concesión directa de una subvención, con carácter excepcional, a la Federación
Española de Municipios y Provincias (FEMP), para financiar, desarrollar y gestionar el
Proyecto Espacios de Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes (EDINT) y las
actuaciones que lo conforman.
2. La subvención tiene como finalidad el desarrollo y explotación del Espacios de
Datos para las Infraestructuras Urbanas Inteligentes (EDINT) por la Federación Española
de Municipios y Provincias (FEMP). Mediante este proyecto se creará un espacio de
datos multisectorial que agrupe toda la información recogida por las distintas ciudades e
intercambiarlos tanto con otras ciudades, como con el tejido empresarial de cada uno de
los sectores estratégicos de la economía, en especial en el sector de la movilidad
sostenible. EDINT actuará como nodo neutro de referencia o punto único neutro de
acceso a la información de las ciudades inteligentes para el sector empresarial y de
conexión para otros espacios de datos sectoriales. Los anexos I y II al presente real
decreto describen las actividades y los casos de uso que forman parte del proyecto.
3. La Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad receptora de
los fondos, será responsable de la operación del espacio de datos, asegurando así su
continuidad y sostenibilidad a largo plazo. Desarrollará los componentes comunes y
establecerá los estándares de funcionamiento, siguiendo los estándares establecidos
para las ciudades inteligentes. Será igualmente la encargada de asegurar la conexión de
las plataformas de las ciudades inteligentes con el espacio de datos, así como de
establecer los esquemas de gobernanza que regulen su funcionamiento y su relación
con otros espacios de datos sectoriales, asegurando la interoperabilidad.

cve: BOE-A-2024-21128
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Artículo 1.