III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-21100)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Signify Iberia, SLU, para sus centros de trabajo de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132444
– La persona trabajadora solicitará el permiso por escrito a su responsable inmediato
y seguirá el procedimiento específico de Recursos Humanos para el registro de permisos
retribuidos.
– En caso de que, por extrema urgencia, el trabajador no haya solicitado el permiso,
avisará a su responsable inmediato por cualquier medio en el plazo de las veinticuatro
horas siguientes al inicio del permiso. Una vez reincorporado al trabajo, realizará petición
por escrito del permiso ya disfrutado a su responsable inmediato y a Recursos Humanos
según el procedimiento mencionado.
– Justificará posteriormente mediante la presentación de justificante extendido por el
centro hospitalario en el que conste que el paciente ha sido ingresado, la fecha de
ingreso, la fecha de alta hospitalaria, la fecha de alta médico y/o el justificante de reposo
domiciliario y su duración.
– Asimismo, se deberá justificar adecuadamente el parentesco de la persona que
genera el derecho, el matrimonio o pareja de hecho o, en su caso, la convivencia con la
persona trabajadora.
3. Fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad y
parejas de hecho: tres días laborables, ampliables a cinco, en caso de desplazamiento.
Se presentará justificante del fallecimiento y del parentesco con la persona trabajadora.
4. Asistencia a consulta médica: El tiempo necesario, siempre que sea
debidamente justificado.
– La solicitud del permiso la deberá presentar el trabajador por escrito a su
responsable inmediato, con una antelación mínima de dos días a la fecha prevista de la
visita.
– Si por la urgencia del caso, el trabajador no hubiese podido presentar la solicitud
de permiso, comunicará su ausencia por cualquier medio. Una vez reincorporado al
trabajo, realizará petición por escrito del permiso ya disfrutado.
– Se justificará la asistencia a la consulta y el tiempo invertido mediante impreso de
justificante de visita médica.
– Si el trabajador asiste a consulta médica de urgencias y, por prescripción médica,
debe guardar reposo durante la jornada laboral de ese día, solicitará del médico
justificante en el que conste que la visita es de urgencias y la necesidad de tal descanso.
5.
Dos días naturales por traslado del domicilio habitual del trabajador.
– Se solicitará el permiso con una antelación mínima de dos días a la fecha prevista
para dicho traslado.
– Lo justificará posteriormente mediante contrato de la nueva vivienda o factura de
transporte de muebles y deberá comunicar el nuevo domicilio.
6. Exámenes: El tiempo necesario, si se dieran las condiciones exigibles en el
artículo 23.1 a) del Estatuto de los Trabajadores.
7. Necesidad de atender asuntos propios que no se puedan atender fuera del
horario de jornada ordinaria: El tiempo necesario con un máximo de cinco días.
8. Cumplimiento de funciones sindicales: se estará a lo dispuesto por la ley.
9. Cumplimiento inexcusable de deberes públicos: el tiempo imprescindible.
10. Permiso sin sueldo: en otros casos previamente justificados se concederán
permisos sin sueldo.
cve: BOE-A-2024-21100
Verificable en https://www.boe.es
– Se solicitará el permiso a su responsable inmediato con una antelación mínima de
dos días a la fecha del examen.
– Lo justificará posteriormente mediante certificado expedido por la entidad
formativa.
Núm. 249
Martes 15 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 132444
– La persona trabajadora solicitará el permiso por escrito a su responsable inmediato
y seguirá el procedimiento específico de Recursos Humanos para el registro de permisos
retribuidos.
– En caso de que, por extrema urgencia, el trabajador no haya solicitado el permiso,
avisará a su responsable inmediato por cualquier medio en el plazo de las veinticuatro
horas siguientes al inicio del permiso. Una vez reincorporado al trabajo, realizará petición
por escrito del permiso ya disfrutado a su responsable inmediato y a Recursos Humanos
según el procedimiento mencionado.
– Justificará posteriormente mediante la presentación de justificante extendido por el
centro hospitalario en el que conste que el paciente ha sido ingresado, la fecha de
ingreso, la fecha de alta hospitalaria, la fecha de alta médico y/o el justificante de reposo
domiciliario y su duración.
– Asimismo, se deberá justificar adecuadamente el parentesco de la persona que
genera el derecho, el matrimonio o pareja de hecho o, en su caso, la convivencia con la
persona trabajadora.
3. Fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad y
parejas de hecho: tres días laborables, ampliables a cinco, en caso de desplazamiento.
Se presentará justificante del fallecimiento y del parentesco con la persona trabajadora.
4. Asistencia a consulta médica: El tiempo necesario, siempre que sea
debidamente justificado.
– La solicitud del permiso la deberá presentar el trabajador por escrito a su
responsable inmediato, con una antelación mínima de dos días a la fecha prevista de la
visita.
– Si por la urgencia del caso, el trabajador no hubiese podido presentar la solicitud
de permiso, comunicará su ausencia por cualquier medio. Una vez reincorporado al
trabajo, realizará petición por escrito del permiso ya disfrutado.
– Se justificará la asistencia a la consulta y el tiempo invertido mediante impreso de
justificante de visita médica.
– Si el trabajador asiste a consulta médica de urgencias y, por prescripción médica,
debe guardar reposo durante la jornada laboral de ese día, solicitará del médico
justificante en el que conste que la visita es de urgencias y la necesidad de tal descanso.
5.
Dos días naturales por traslado del domicilio habitual del trabajador.
– Se solicitará el permiso con una antelación mínima de dos días a la fecha prevista
para dicho traslado.
– Lo justificará posteriormente mediante contrato de la nueva vivienda o factura de
transporte de muebles y deberá comunicar el nuevo domicilio.
6. Exámenes: El tiempo necesario, si se dieran las condiciones exigibles en el
artículo 23.1 a) del Estatuto de los Trabajadores.
7. Necesidad de atender asuntos propios que no se puedan atender fuera del
horario de jornada ordinaria: El tiempo necesario con un máximo de cinco días.
8. Cumplimiento de funciones sindicales: se estará a lo dispuesto por la ley.
9. Cumplimiento inexcusable de deberes públicos: el tiempo imprescindible.
10. Permiso sin sueldo: en otros casos previamente justificados se concederán
permisos sin sueldo.
cve: BOE-A-2024-21100
Verificable en https://www.boe.es
– Se solicitará el permiso a su responsable inmediato con una antelación mínima de
dos días a la fecha del examen.
– Lo justificará posteriormente mediante certificado expedido por la entidad
formativa.